La respuesta concreta a su pregunta es
no.
El alquiler con opción a compra es realmente la suma de dos negocios jurídicos distintos. Por una parte el alquiler, cuyas "reglas de juego" vienen fijadas en la Ley de Arrendamientos Urbanos. Y por otra parte la constitución de un derecho de opción de compra (en este caso del propietario al inquilino), y sobre el cual nada dice la Ley de Arrendamientos Urbanos, por ser algo ajeno a la figura del alquiler.
Le recomiendo la lectura del apartado "opción de compra" que encontrará en la página principal de La Comunidad, y cuyo enlace es este:
http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/alquiler-opcion-compra
En esa sección encontrará un abundante número de preguntas y respuestas sobre este asunto.
Un saludo.