Buenos días,
El alquiler con opción de compra admite numerosos pactos, por lo que es aconsejable que contacte con un abogado para que lo redacte y le asesore durante todo el proceso.
Por ejemplo, si establece un plazo de 2 años, el arrendatario podrá perder la opción, pero tendrá derecho a estar en el piso un mínimo de 3 años.
Le aconsejo que lea estos dos enlaces y luego contacte con un abogado. Si quiere, nosotros podemos ayudarle.
http://blog.desalvador.es/arrendamientos/arrendamiento-opcion-compra/ http://blog.desalvador.es/arrendamientos/arrendamiento-opcion-compra-ii/ Un saludo,
www.desalvador.es Especialistas en Derecho Inmobiliario