Un claro ejemplo de las cosas mal hechas. Nunca deben firmarse contratos con la fecha modificada, pues únicamente lleva a problemas. Lo correcto sería poner de fecha de firma el día que corresponde, y aplazar los efectos a la fecha que se desee... ¿¿¿Qué pasaría si uno de los firmantes muere, o queda incapacitado el día 28 de agosto??? ¿¿Sería válido el contrato??
En todo caso, el "error" en la fecha de firma del contrato no te faculta para retrotraer la transferencia y sentarte a negociar. ¿¿Qué fecha pone como fecha de pago de la prima??
Si no dice nada, puedes retrotraer la transferencia justificando que no tienes obligación de pagar hasta el 1 de septiembre, y aprovechar este período para negociar lo que falta. En todo caso, ACUDE A UN ABOGADO.
Un saludo,
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