Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Deberá declarar trimestralmente como ingreso el alquiler percibido, menos la retención y los gastos deducibles.
Deberá ingresar el IVA repercutido, trimestralmente .
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.