Pedro ante todo recordarle que en Guipúzcoa no se aplica la normativa general de IRPF, si se aplicara habría que decir que su vivienda en Galicia no puede ser considerada como vivienda habitual, ya que la ocupa solo 120 dias al año y ni siquiera la declara como domicilio fiscal, en tales circunstancias no puede acogerse a deduccion. Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono:
807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/