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Lego

casero/a

¿Cómo procedo para ceder parte de un usufructo a otra persona?

engo el usufructo universal y vitalicio de una vivienda, que está arrendada. Quisiera ceder "legalmente" al menos una parte de ese usufructo,  Es decir, de la renta que se percibe por el arrendamiento , a otra persona. 

¿Cuál es la mejor forma (la más barata) de instrumentarlo haciendo las cosas bien para no tener problemas con el fisco?

gracias

  • Preguntado por: Lego
  • Hace 10 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (8)
Lego ha sido el primero en contestar
Lego ha sido elegida Mejor Respuesta
  • usuario eliminado

    Bueno, fiscalmente no: el tipo minimo del isd es el 7,65 que es mayor que el tpo,

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Aun a riesgo de que se me diga que soy muy rigorista con el lenguaje disiento de mi compañero, si ya existe un usufructo constituido a su favor, no veo la forma ni la necesidad deconstituir otro, mas bien si le interesa deberá ceder o enajenar parte del suyo o parte del fruto que esta obteniendo, los alquileres, y convendrá que analice si le conviene a efectos fiscales que esa cesión o enajenación sea a titulo gratuito, donación u oneroso, venta.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Lego

    casero/a

    Gracias de nuevo

    • Respondido por: Lego
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Si, lo mejor es ante notario.

    También puede hacerse mediante documento privado (un simple escrito), pero es muchísimo más recomendable que se haga ante notario y que se inscriba en el registro. En cualquier notaría le informarán con todo detalle y con la máxima exactitud de los pormenores de la operacion.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Lego

    casero/a

    Muchas gracias por su respuesta y por su tiempo.

    Y cómo se constituye ese usufructo intervivos? En una notaría simplemente?

    • Respondido por: Lego
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Lego: por lo que parece Ud. Quiere constituir un usufructo vitalicio intervivos a favor de otra persona. En ese caso la única forma de hacerlo para no tener problemas con hacienda es declarar justamente eso: la constitución de ese usufructo.

    ello le llevará pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales onerosas del 6% (o el tipo aprobado por la ccaa donde radique el inmueble) calculado sobre el porcentaje de años que haya entre la edad del usufructuario y 89 y todo ello sobre el valor de la parte del inmueble objeto del usufructio.

    por ejemplo supongamos que: 1) el usufructuario tiene 60 años 2) que Ud. Constituyue el usufructo sobre la mitad del inmueble 3) que el inmueble vale 300. 000 euros.

    en ese caso el tpo es 6%*((89-60)/100)*(300000/2) = 2610 euros. De ese modo no tendrá Ud. Ningún problema con Hacienda.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Lego

    casero/a

    Da igual.

    Quiero compartir la renta que recibo. O que reciba en el futuro. Creo que es compartir el usufructo no?

    De la manera más facil posible, y hacerlo bien para que la otra persona esté segura de que no podre echarme atras.

    • Respondido por: Lego
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Lego: ¿qué quiere hacer Ud.: una cesión de parte del alquiler, del usufructo o una pensión vitalicia?

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
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