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gfontaina

casero/a

Tratamiento Fiscal en declaración Irpf si alquilo mi piso con hipoteca y a la vez alquilo un piso para ir a vivir.

Hola, quisiera saber que trato fiscal se le da al siguiente caso respecto a la declaración de irpf. Ya que la venta esta paraday la opción de alquiler parace que se mueve más.

tengo un piso hipotecado (50% mío/50% de mi esposa), Mensualidad Hipoteca 590€

lo queremos alquilar por 550€ (más no puedo pedir en la zona).

a la vez nos queremos ir a alquilar uno por 750€ (más grande y otra zona)

que es lo que hay que declarar a hacienda? Tengo algún otro gasto extra en materia de impuestos? Me recomiendan contratar el seguro de alquiler. Perdón tantas dudas pero nunca he sido casero.

gracias

saludos

gonzalo

  • Preguntado por: gfontaina
  • Hace 13 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (5)
nova ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • nova

    casero/a

    el alquiler de vivienda habitual es deducible tambien? o eso es incorrecto? y Ademas puedo deducir "solo" los intereses del prestamo hipotecario?

    Si alquilas la que hasta ahora era tu vivienda habitual ya deja de serlo, por no vivir en ella, y no creo que eso se contemple a la hora de declarar los rendimientos.
    Como gastos deducibles puedes incluir, además de los intereses de la hipoteca -como bien puntualiza PHOLMO-, otros gastos tales como gasto de comunidad (si la pagas tú), impuestos derivados del inmueble (si los pagas tú), los arreglos de inmueble y enseres que hayan corrido por tu cuenta, Seguros sobre el inmueble -si los hay-, etc
    Has de guardar las facturas de todo para que quede constancia de esos gastos.

    En el librito que viene con los impresos de declaración te explica todo sobre los gastos que puedas deducir, imagino que en la web de la Agencia Tributaria también encontrarás información al respecto.

    Esto como casero.


    Como inquilino de una vivienda, como también comenta PHOLMO:
    es posible que pueda acogerse a deducción estatal y/o autonómica en irpf por los alquileres que va a pagar a partir de ahora.

    • Respondido por: nova
    • Hace 13 años
  • gfontaina

    casero/a

    Muchas Gracias señor, entiendo que si yo habito esa vivienda desde 12/2005 y he deducido en la declarción como vivienda habitual no tendré problemas con Hacienda. Por lo que usted me dice (Resido en Baleares) el alquiler de vivienda habitual es deducible tambien? o eso es incorrecto? y Ademas puedo deducir "solo" los intereses del prestamo hipotecario?

     

    Muchas gracias y leere con atención su blog.

    saludos

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si alquila su vivienda actual y pasa a ser inquilino  Debe tomar en consideración lo siguiente:

    si se ha deducido en irpf por ella ver  Ha cumplido o no el plazo mínimo de ocupación como vivienda habitual para evitar sorpresas con la aeat.

    debe declarar los alquileres como rendimiento en irpf aplicando las reducciones y/o deducciones por gastos que procedan: p. Ej. Los intereses de la hipoteca son deducibles como gasto.

    es posible que pueda acogerse a deducción estatal y/o autonómica en irpf por los alquileres que va a pagar a partir de ahora.

    en mi blog tengo estensamente tratados estos temas, por ejemplo aquí: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2010/12/el-irpf-2011-y-los-alquileres.html

    Como casero "novato" le conviene leer también:

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2011/09/el-decalogo-del-casero.html

    Para ampliar o aclarar esta información puede  Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • gfontaina

    casero/a

    Hola :

    Gracias por la respuesta, pero no la entiendo, podría utilizar un lenguaje un poco mas sencillo, perdone las molestias. También quisiera saber si alquilar mi vivienda y a la vez alquilar otra repercute en la deducción por vivienda habitual en la declaración de la renta.

    Gracias

  • nova

    casero/a

    Los rendimientos del alquiler, que se consignan en rendimientos del capital inmobiliario, hay una reducción del 50% del rendimiento neto en inmuebles destinados a vivienda como es tu caso (el rendimiento bruto una vez descontados gastos deducibles), y eso es lo que se añade a la base imponible.
    Es decir, que lo que 'declaras' es la mitad del rendimiento neto.
    Esto es de forma general, al menos es como yo lo declaro.
    En cuanto al tema de las hipotecas en relación a la vivienda que alquilas, nada te puedo decir pues lo desconozco, pero imagino que el hecho de que la casa tenga hipoteca no efecta al tema de la declaración en los rendimientos del capital inmobiliario.

    • Respondido por: nova
    • Hace 13 años
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