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Tengo dudas sobre si añadir o no a la casilla 314 el préstamo de 600 euros correspondiente a la fianza de la RBE, junto con el importe de todos los meses.
En caso afirmativo, cuando tenga que devolver esos 600 euros, ¿en qué casilla tendría que reflejar la devolución?
Ese préstamo, por su misma naturaleza, no está sujeto a irpf.
le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd. , puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).