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Buenas,
Voy a solicitar las nuevas ayudas que salieron al alquiler publicadas en Madrid al menos, el día 20 de febrero.
Uno de los requisitos, es declaración del IRPF. Y yo, por mis ingresos no me fué necesaria realizarla en el ejercicio que procede para esta instancia, que a día de hoy es el 2013.
Entonces, leo lo siguiente;
"Copia completa de la Declaración del IRPF de la unidad familiar del arrendatario/s y demás miembros de la unidad de convivencia correspondiente al periodo impositivo que, una vez vencido el plazo de presentación de la declaración, sea inmediatamente anterior a la presentación de esta solicitud, o en el caso de no estar obligado a presentar declaración, Certificación negativa al respecto de la AEAT (1)"
"(1) Si no se presentó Declaración del IRPF por no estar obligado a ello, deberá aportarse además, declaración jurada sobre los ingresos percibidos durante el período correspondiente."
Pregunta; ¿La certificación negativa equivale a la declaración jurada?
Gracias!
Buenas! Tengo ese certificado negativo, o eso creo... Te pego lo que especifica:
"Presentada solicitud de certificado acreditativo de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias
a efectos de obtener una subvención otorgada por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo
establecido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o financiada con cargo a
fondos de la Unión Europea, de acuerdo con la normativa comunitaria aplicable y con las normas nacionales
de desarrollo o transposición de aquella, o un beneficio en la cotización a la Seguridad Social, de
conformidad con su normativa reguladora, por:"
MIS DATOS
"La Agencia Estatal de Administración Tributaria,
CERTIFICA: Que conforme a los datos que obran en esta Unidad, el solicitante arriba referenciado se
encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 del
Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de
desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real
Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
El presente certificado se expide a petición del interesado, tiene carácter POSITIVO y una validez de seis
meses contados desde la fecha de su expedición, se expide al efecto exclusivo mencionado y no origina
derechos ni expectativas de derechos en favor del solicitante ni de terceros, no pudiendo ser invocado a
efectos de interrupción o de paralización de plazos de caducidad o prescripción, ni servirá de medio de
notificación de los expedientes a los que pudiera hacer referencia, sin que su contenido pueda afectar al
resultado de actuaciones posteriores de comprobación o investigación. Todo ello, de conformidad con lo
dispuesto en la normativa citada."
Yo creo que es justo lo que necesito. ¿Verdad?
Saludos!
La aeat certifica que Vd. No presentó declaración por lo tanto no conoce sus ingresos que debe Vd. Acreditar mediante declaración jurada.
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Si
Y Además,
Declaración jurada sobre los ingresos percibidos durante el período correspondiente.
Te vas a reir.
sí bien te entiendo perfectamente, lo que no comprendo es "certificación negativa al respecto de la aeat" si es al respecto, de la aeat. Tendrá que emitirla esta. ¿no?
gracias!
Usted mismo ha puesto la respuesta en el enunciado, se lo marco en negrita:
certificación negativa al respecto de la aeat (1)"
"(1) si no se presentó Declaración del irpf por no estar obligado a ello, deberá aportarse además, declaración jurada sobre los ingresos percibidos durante el período correspondiente. "
saludos - Papeleos Alquiler