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A mi padre (jubilado), se le ha presentado la oportunidad de alquilar un local de su propiedad para un supermercado. Tenía perfectamente claro que mi padre debe darse de alta en hacienda (modelo 037), emitir facturas con IVA (21%) e IRPF (20%) y realizar las declaraciones trimestrales (modelo 303) y anuales (modelo 390).
Ahora bien, el posible inquilino, que tiene varios supermercados, me comenta que lo que hace en esos locales es ingresar el IVA en nombre del propietario y así éste no tiene que darse de alta en hacienda ni emitir nada, solo dedicarse a cobrar. A mí eso no me convence y no creo que sea correcto.
¿Me podrías indicar si lo que comenta el inquilino se puede hacer? La verdad que es un engorro todo el tema de hacienda, y si lo podemos evitar, mejor. Pero no queremos caer en ilegalidades.
Gracias.