Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
En enero 2010 alquilé piso entero a amiga verbalmente. y no pedí fianza. Hace 6 meses subarrendó una habitación con mi consentimiento verbal y a esa chica sí pedí fianza que no deposité en IVIMA. No cobro por el subarrendam. Ahora quiero legalizar situación con contrato escrito conjunto, depósito fianzas y sin subida.
Si próximo año las tres declaramos el alquiler, ¿Qué puede pasarme por no pedir fianza a amiga y no depositarla en IVIMA? ¿Ella puede desgravarse sin fianza? ¿La otra chica puede desgravarse sin que mi amiga le entregue recibos y sin tener autorizado por escrito el subarrendam.? ¿Puedo librarme de la multa en IVIMA por esto último? Si ninguna declaramos nada ¿se solucionaría todo? ¿Hay otra salida? Mi amiga paga por banco y la fianza de otra chica fue por banco para cubrir desperfectos mobiliario.
Muchas gracias por la respuesta. Ya estoy con los trámites de regularizar la situación, pero me surgen dudas. Al hacer un contrato conjunto de dos personas, cuando más tarde se añade una tercera, ¿a esta tercera persona se le aplicaría la subida anual del IPC según el cumpleaños del contrato aunque no lleve un año en el piso? Por otra parte si el ingreso conjunto del alquiler en el banco lo hace una sola persona y al hacer la declaración les piden a todas el justificante del pago ¿queda demostrado que ese único ingreso mensual corresponde a la suma del pago del alquiler de las 3 personas? ¿o para evitar problemas es mejor que cada una haga su propio ingreso? Muchas gracias
Hola,
aclararle que depositar la fianza (en su caso en el IVIMA) es obligatorio por Ley. Usted es libre de no pedírsela al cliente (por el motivo que sea), pero debe depositarla de su bolsillo.
Caso de no hacerlo el IVIMA le puede sancionar, aparte de obligarle a hacer el depósito correspondiente más los intereses devengados.
Comentarle que el depositar la fianza es responsabilidad exclusiva del propietario. Su inquilino puede desgravar, pedir ayudas, etc, eso va aparte.
El poder desgravar sin documentos acreditativos (contrato, recibos, etc) es posible, pero si le inspeccionan...seguro que tendrá problemas.
Recomendación: cuanto antes formalice la situación por escrito y deposite la fianza correspondiente.
Suerte.