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Silvia

inquilino/a

¿Qué consecuencias puedo tener si he declarado el alquiler y posteriormente me entero de que el casero no registró el contrato?

Hola. Este año en la declaración de la renta he pressentado el alquiler del piso donde resido porque tenía derecho a deducción. Ese piso constituía mi residencia habitual, estuve empadronada en él desde el mes siguiente a la firma del contrato y tengo registro de todos los ingresos que he hecho al casero durante este tiempo en concepto de alquiler y gastos, así como los pagos por suministro de gas y un contrato telefónico a mi nombre en esa dirección, pero no tengo copia del contrato firmada por ambas partes pues el casero no me la dió. El contrato se rescindió a final del pasado junio. Hoy me he enterado que el propietario no depositó la fianza en la DGA (escribo desde Aragón) lo cuál no se si significa que el contrato no ha sido registrado o si es de alguna forma ilegal. Al hacer la consulta se ha abierto una inspección por parte de la DGA que no se si afecta o involucra a Hacienda. El caso es que ahora yo no se si puedo tener problemas con Hacienda por haber presentado el alquiler de un piso no registrado en alquiler aunque pueda demostrar mi residencia en él y su pago. ¿Qué consecuencias puedo tener? ¿Qué puedo hacer para evitarlas? ¿Cómo puedo demostrar que he sido engañada y que mi actuación no fue de mala fe? No se si él declaro los ingresos ¿Debo denunciar a mi casero?

  • Preguntado por: Silvia
  • Hace 9 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (12)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Btz, que hayas tenido la suerte de librarte no implica que la actuación sea ajustada a derecho. Desgraciadamente en este foro hemos tenido que atender consultas de gente que no ha tenido tanta suerte como tu y si ha tenido que devolver la desgravación efectuada.
    En todo caso, depende de la normativa autonomica, puesto que la obligación de depósito no existe en todas las comunidades (por ejemplo, no existe en Asturias) y, por lo que tengo entendido, unicamente afecta a las desgravaciones del tramo autonómico y no las del estatal, que no establecen tanto requisito.
    Un saludo,
    Www.desalvador.es
  • Btz

    inquilino/a

    Buenas tardes de nuevo Referente a la deducción del alquiler nunca se me ha sometido a ninguna inspección y sé además q la fianza por mí entregada no se depositaba más q en el bolsillo del arrendador o dueño de la vivienda. Solamente faltaba q encima fuera yo la q incurriera en la falta y q tuviera además q preguntar yo si ese inmueble era declarado.
    • Respondido por: Btz
    • Hace 9 años
  • Silvia

    inquilino/a

    Gracias por las respuestas. Otra pregunta: Si a reclamación de la DGA él ahora deposita la fianza, y posteriormente se abre una investigación por parte de Hacienda ¿en que situación queda mi declaración, correcta o incorrecta?

    • Respondido por: Silvia
    • Hace 9 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Btz, efectivamente, en el borrador no te lo piden, pero cuando se abre una inspección de hacienda si, pudiendo perder esa deducción practicada incorrectamente.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
  • Btz

    inquilino/a

    Estate tranquila,  nafa tiene q ver q la fianza se deposite o no en el organismo competente para q tú em tu declaración metas las mensualidades,  lo único q pada es q no puedez deducir la cantidad de la fianza pero si el resto de mensualidades. ....llevo toda la vida de alquiler y a mi em la delegación ni a la hora de modificar yo el borrador via web se me ha pedido justificante alguno
    • Respondido por: Btz
    • Hace 9 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Mari Carmen, que es lo que no te cuadra de mi respuesta????,  no estamos hablando de ayudas, estamos hablando de Declaración de Hacienda, y es, condición indispensable que la fianza está depositada en el organismo competente de cada comunidad para poder desgravarte el alquiler en tu declaración. No vale con fiarse del arrendador, hay que exigir una copia de dicho deposito, ya que hacienda si no está el depósito, no te acepta el alquiler, lleves la documentación que lleves, te lo aseguro y lo sé de muy buena tinta.
  • Silvia

    inquilino/a

    Sí tengo contrato, lo que no tengo es la copia firmada por él y sellada por la DGA. Por otro lado cuando yo hice la declaración leí los requisitos, los cuales cumplía, y en ningún sitio vi que la fianza tuviera que estar depositada en el organismo correspondiente, a lo mejor no miré donde tenía que mirar pero en la ayuda del programa padre no me ponía ese requisito ni que tuviera que aportar el resguardo del depósito. Tambien digo que yo creía que el tío había ido por lo legal pues eso es lo que me dijo al principio y no tenía motivo para  desconfiar, error por mi parte, lo se, pero tarde. No entiendo lo que dices del artículo 23.2, no dice nada de eso. Y en la guia de la declaracion no pone que la fianza tenga que estar depositada, que es mi problema, que él no la deposito y yo no lo sabía. No entiendo tu respuesta Luis Hernan. Yo no he optado a ninguna ayuda de la CA de Aragón, solo la deducción estatal del 10,05% ya que mi base imponible era inferior al 24000 euros. Por favor, ¿alguien me puede indicar donde dice que la fianza tenga que estar deposita en el organismo de la CA? Es que no lo encuentro. Gracias por las respuestas

    • Respondido por: Silvia
    • Hace 9 años
  • Luis Hernan

    casero/a

    No entiendo que tengas derecho a deducción y no conozcas tus obligaciones ni tengas contrato.   Ver guía de la declaración de la renta   Norma general   Artículo 16. Reducción por arrendamiento de vivienda. 1. A efectos de la aplicación de la reducción prevista en el número 2.º del artículo 23.2 de la Ley del Impuesto, el arrendatario deberá presentar al arrendador con anterioridad a 31 de marzo del ejercicio siguiente a aquél en el que deba surtir efectos, una comunicación con el siguiente contenido:   Pag 718   Norma aragonesa   Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago   Pag 549
  • CarmenM

    casero/a

    La respuesta que ha dado el Sr. Aparisi, no me cuadra. Una cosa es que alguien se deduzca el arrendamiento en su declaración de Hacienda y otra cosa es que alguien opte a alguna ayuda de su comunidad para los arrendamientos. En el primer caso es la administración central, en el segundo la regional. En el primer caso, Hacienda (administración central), cruzará los datos y comprobará si el arrendador ha incluido en sus ingresos las rentas que obtiene de ese piso. Si no lo hace, Hacienda le exigirá al arrendador sus justificantes y al arrendatario los suyos. En el segundo caso, la Comunidad (en este caso Aragón) no dará la ayuda al arrendatario si este no presenta toda la documentación (Depósito de Fianza entre otras cosas). El inquilino, puede solicitar inspección en el organismo correspondiente (IVIMA en Madrid). 
    • Respondido por: CarmenM
    • Hace 9 años
  • Silvia

    inquilino/a

    Evidentemente yo no sabía que la fianza no se había depositado y actué confiando en él. Al hacer la declaración no me solicitaron el resguardo ni leí en ninguna parte ese requisito. Desde luego veo que me equivoqué tanto al confiar en él como al no informarme antes pero en principio no tenía motivos para desconfiar. La declaración está presentada y ya me hicieron el ingreso, no me han mandado ninguna notificación sobre el error, por eso quería saber que puedo hacer ahora para solucionarlo. La DGA ha abierto una inspección y supongo que le requerirá el pago. Si Hacienda no ha empezado a investigar el caso y él hace el ingreso ahora ¿recupero mi derecho a la deducción? ¿Tendría que hacer algo o dejarlo estar?

    • Respondido por: Silvia
    • Hace 9 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenas tardes,
    1) Su contrato es perfectamente válido y legal. El depósito de la fianza únicamente implica una obligación de carácter administrativo que en nada afecta a la validez civil del arrendamiento.
    2) Uno de los requisitos para aplicarse la deducción del alquiler es que la fianza se encuentre debidamente depositada. Por tanto, al no tenerla depositada, Ud. no podía aplicarse dicha deducción, por lo que si la aplicó incorrectamente, hacienda podrá reclamarle que devuelva el importe correspondiente a la deducción aplicada incorrectamente.
    3) Aunque Ud. no actuó de mala fe, no tenía derecho a aplicar dicha deducción, puesto que es requisito para la misma que se encuentre depositada la fianza. Por tanto, Ud. es la única responsable de haber aplicado una deducción a la que no tenía derecho.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hacienda no le devolverá lo que le corresponda, y le enviará una carta diciendo que la declaración es incorrecta, tendrá que modificarla y luego demandar al propietario, o bien, que el pague el perjuicio que usted tenga.
    Otra opción es que vaya ahora, la deposite, pague la penalización, pero supongo que el no habrá declarado los ingresos percibidos y se negará.
    La obligación del arrendatario según hacienda, es solicitar una copia del depósito de la fianza, para asegurarse de dicho depósito, por lo tanto, le hace a usted igual de responsable que al casero.
     
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