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lolicar

casero/a

¿Puedo dar un plazo de carencia, sin causa justificada, en el contrato de alquiler?

Tengo una nave industrial alquilada a un familiar que pasa por una situación economica delicada, ya me debe cerca de un año y yo continúo pagando los impuestos correspondientes por ello. Mi intención es darle un tiempo de "respiro" pero sin que ello me haga perder más dinero en forma de impuestos.

¿Cual sería la mejor opción?: 

1.- Darle un periodo de carencia ¿tendría que seguir pagando IVA?

2.- Finalizar el contrato actual y hacer uno de comodato o precario.

3.- Bajar sustancialmente el precio de la renta, en este caso cual sería el minimo legal

  • Preguntado por: lolicar
  • Hace 11 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (1)
Manuel Pregal ha sido el primero en contestar
  • Manuel Pregal

    Manuel Pregal

    profesional

    Hola,

     

    Entiendo que la opción 2 no es aplicable, ya que hablamos de un local comercial (y no lo puede ceder "a coste cero" para que otro realice una explotación comercial).

     

    puede redactar un nuevo contrato con la opción 1 (carencia), de modo que la renta sea "cero" el plazo que considere. Al no cobrar iva tampoco tendrá que declararlo.

     

    otra opción válida y más sencilla es la 3. Hacer un anexo al contrato actual en el que se acuerde reducir la renta (la cantidad es libre) durante un período determinado de tiempo.

     

    personalmente me inclinaría por la opción 3.

     

    suerte.

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