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Hola. Quiero alquilar un piso a turistas y no soy capaz, ni en la administración, de que me digan qué tengo que hacer para poder realizar esta actividad dentro de la ley. Se pasan la bola entre ayuntamiento, diputación provincial y consejería y me tienen frito.
No sé si tengo que inscribirme en algún registro, si necesito dar de alta la actividad con el modelo 036, si el apartamento debe cumplir algunas condiciones específicas de accesibilidad, ubicación, etc.
Agradecería muchísimo su ayuda, ya que ahora mismo estoy parado por que no sé por dónde continuar.
Muchas gracias por adelantado.
El aspecto fiscal es muy claro deberá darse de alta en la actividad que corresponda (mod 036) según vaya a ser arrendador solamente o vaya a proporcionar hospedaje.
En el aspecto turístico en la Consejería que corresponda deberían proporcionarle le información necesaria acerca de los requisitos que debe cumplir el apartamento-.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
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