Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Se puede desgravar alquiler una habitación.
2- deducción autonómica
Las condiciones para desgravar dependerán de la Comunidad Autonómica en la que vivas. Puedes consultarlo en este enlace:
http://www. Preguntasfrecuentes. Net/2009/04/14/deducciones-autonomicas-por-alquiler/
´
En Madrid te piden el nif del arrendador y este debe haber realizado el depósito obligatorio de la fianza a favor de la Comunidad Autónoma.
sí se puede desgravar. De Hecho, hay 2 tipos de deducciones (tanto a nivel estatal como autonómico), siempre que cumplas unos requisitos.
en la declaración debes indicar la dirección del piso donde tienes alquilada la habitación como Vivienda Habitual. Además en el apartado “detalles de la vivienda habitual” debes marcar de tipo &Ldquo;Alquiler&Rdquo; e introducir el Nif Del arrendador, además de la Referencia Catastral del inmueble (que se obtiene fácilmente desde Internet o el programa padre). el importe que debes introducir es todo lo gastado en el alquiler de la habitación incluyendo la fianza ya que puedes desgravar por todo y no solo por la cuota mensual.
es entonces cuando si cumples los requisitos que te detallo a continuación, podrás desgravar a nivel estatal Y/O a nivel autonómico:
1- deducción estatal
los contribuyentes se pueden deducir el 10,05% de las cantidades satisfechas para el alquiler de la vivienda habitual a nivel estatal, siempre que su base imponible sea inferior a 24. 020 Euros anuales.
la base imponible del contribuyente se considera tanto los ingresos por el trabajo como los ingresos de capital.
la base máxima de esta deducción es de:
* 9. 015 euros anuales, cuando la Base Imponible sea igual o inferior a 12. 000 Euros anuales.
* 9. 015 &Ndash; [0,75 x (bi - 12. 000)], cuando la Base imponible esté comprendida Entre 12. 000,01 y 24. 020 euros anuales.
siendo bi la base imponible del contribuyente.