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¿nos podemos desgravar por alquiler en Madrid? ¿cómo se calcula para saber de qué cantidad estamos hablando? ¿merece la pena hacer contrato público para desgravarnos?
Empiezo por el final para deducir por alquiler de vivienda en Madrid lo que hace falta es que el casero deposite la fianza en el IVIMA, cosa que es obligatoria y sancionable.
Para saber si tiene derecho a esa deducción puede leer este enlace: http://www.pedrohernandezabogado.com/2010/12/el-irpf-2011-y-los-alquileres.html