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Soy arrendador, acabo de formalizar el contrato por 11 meses, a 475 euros/mes. Mi pregunta es si me conviene declarar este alquiler o no, dado que el inquilino me dice que el no va a declarar.
Gracias, saludos cordiales
En muchas ocasiones hacer las cosas legalmente es mas beneficioso pues el alquiler tiene unas reducciones de las que no goza la imputacion de renta inmobiliaria que hay que hacer si la vivienda está vacía o a disposición de los propietarios.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
Tenía entendido que al hacer un contrato de 11 meses, el inquilino no tenía derecho a estar los 5 años.
Pues estabas equivocado. No depende de la duración del contrato. Sino de si se trata o no de la vivienda del inquilino.
Por otro lado, la cuestión es saber en cuánto me perjudica declarar la vivienda, es decir, económicamente. Porque se puede dar el caso de que me convenga más no alquilar que hacerlo y luego tener que pagar más de lo que saco de las rentas.
Eso no va a suceder ... Nadie alquilaríamos si así fuera.... Pagará un porcentaje (incluso puede que no pague nada según las características del inquilino) de la renta y ya está.
Por último, como el inquilino me ha dicho que no va a declarar, debo advertirle de que yo sí?
No hace falta. El inquilino tiene derecho, el arrendador obligación. De todos modos el inquilino, si hace la declaración de la renta... pondrá que vive en algún sitio ¿no¿
Saludos - Papelesos Alquiler.
Gracias por las respuestas.
Tenía entendido que al hacer un contrato de 11 meses, el inquilino no tenía derecho a estar los 5 años.
Por otro lado, la cuestión es saber en cuánto me perjudica declarar la vivienda, es decir, económicamente. Porque se puede dar el caso de que me convenga más no alquilar que hacerlo y luego tener que pagar más de lo que saco de las rentas.
Por último, como el inquilino me ha dicho que no va a declarar, debo advertirle de que yo sí?
saludos
Exacto, ademas hay una cosa y es que si ese señor al que usted le alquila el piso sin contrato, un buen dia se larga sin pagarle y además se lleva cosas de la casa, usted lo tendría muy dificil para demostrar que le había alquilado el piso, y de demostrarlo le preguntarían donde esta el contrato y todo eso.
Lo de alquilar un piso sin contrato unicamente le puede salir a cuenta si es a su hijo o a un familiar muy cercano, si no, no.
Te beneficia declarar el alquiler.
Más que nada para evitar la sanción y la posible imputación de un delito.
Si no declaras el alquiler, pero el inquilino tiene recibos de haber hecho el pago o los ha hecho mediante ingreso o transferencia bancaria, puede que le de por declararlo y entonces te pillarán.
Otra cosa es que le paguen en mano y sin recibos ni nada, pero no me parece correcta esa actitud. Usted decida.
Al final. Va a resultar que todos somos iguales que los políticos. A menor escala.
RICARDUS No lo declares,pero eso sí,cuando necesites algo del sistema ,no te olvides de reclamar y exigir.
¡¡Partiendo de estas ideas,cómo nos vamos a quejar de a dónde hemos llegado!!
Añado algo a la acertada respuesta de Amparo.
Su inquilino dice que no lo va a declarar, no está obligado a ello, pero bastará que en su declaración de la Renta haga constar ese domicilio y su referencia catastral para que vd pueda ser requerido por la agencia tributaria por no haber declarado ese alquiler, y loppeor de ello es que entoncas no podrá beneficiarse de las reducciones fiscales (60/100%).
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).
¿Es conveniente hacer la declaración de irpf?
no se trata de lo que es o no es conveniente. Sino de lo que es o no obligatorio.
por otra parte, solo comentarle, aunque seguramente ya lo sabe, que el haber hecho un contrato de 11 meses, no significa que el inquilino no pueda, si lo desea y el piso constituye su vivienda , consumir las prórrogas de hasta 5 años que le otorga la ley.
saludos - Papeleos Alquiler.