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Mi marido además tiene alquilado un piso de su propiedad, entiendo que tendría que declarar estos ingresos pero tendría derecho también a deducirse el 50% de los gastos por la vivienda que hemos alquilado como vivienda habitual verdad?
´Para ello tendría que acreditar a requerimiento d ela AEAT que es el obligado a pagar y efectivamente ha pagado la totalidad del alquiler.
Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).
Gracias por su respuesta. Me surge una duda...si uno de nosotros no puede deducirse el 50% del alquiler de la vivienda habitual por superar los 24.020 euros de base imponible, puede el otro deducirse el 100% del alquiler si no supera esa cifra?
Debe distinguir entre ambos conceptos fiscales.
Vd y su marido tienen derecho a deducir por alquielr d evivienda habitual si reunen los requisitos exigidos para ello, hay unos estatales y otros en cada autonomía. Si hacen las declaraciones con el porgarma PADRE los aplicará automaticamente.
Su marido debe declarar como ingreso los alquileres que obtenga, eso si, beneficiándose de las reducciones y deducciones a que pueda tener derecho.
Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).