El ITP es un impuesto que debe liquidar Ud. ante hacienda (que no lo haga su casero por Ud.).
Las tablas dependen de cada comunidad autónoma (aunque hay muchas que no han aprobado las suyas y se rigen por la general). En todo caso tenga en cuenta que debe liquidar los impuestos correspondientes a 3 años, aunque el arrendamiento vaya a durar menos.
Un saludo,
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