Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Hola a todos a ver si alguien me puede informar,
Me ha llegado una carta certificada de la agencia tributaria que me dice que el alquiler se lo tengo que pagar a la agencia tributaria ya que el propietario esta embargado y que si no lo ingreso en la agencia tributaria me sancionaran y me pueden llegar hacer que yo pague la deuda del propietario, alguien habia escuchado algo asi? por que tienen que molestar al inquilino incluso sancionarle y hacerle pagar la deuda si no ingresa el alquiler a hacienda?
pedro
No solo cuando se debe dinero a hacienda. Esta actuación también se puede hacer cuando se le debe dinero a otra persona o empresa. Es bastante habitual que los juzgados obliguen a pagar a las empresas de padres que, por ejemplo, no pasan la pensión alimenticia.
Es una actuación habitual si una persona debe dinero a Hacienda que ésta se lo embargue o le embargue alquileres o créditos, vd solamente tiene que cumplimentar lo que le han indicado y guardar tanto ese requerimiento como los ingresos que vaya haciendo, no vaya el z casero a ponerle un desahucio por falta de pago.
Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).