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¿Para la deducción del alquiler por parte de la Junta de Andalucía, el depósito de la fianza obligatoria tiene haberse realizado en el plazo señalado?
El contrato del piso comenzó en febrero de 2010 pero la fianza no ha sido aun depositada. Si mi casero realiza el depósito ahora, ¿puedo realizar la deducción autonómica sin perjuicio?
Buf, a parte de contestar temas de hace mas de 15 dias, repites a Pholmo y dices algo incorrecto.
Si es problema del inquilino si el casero no ha ingresado la fianza puesto que para la desgravacion del alquiler, en el tramo autonomico, es obligatorio que esta fianza esté ingresada. Si no, el inquilino se arriesga a una paralela.
Desde mi punto de vista puedes realizar la deducción, pero siempre que la fianza está ingresada. También creo que el tema de la fianza es un problema del propietario, no del inquilino.
Lo fundamental es que si lo llaman a comprobación esté depositada esa fianza.
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