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Nagoley

inquilino/a

Fianza en favor de la Generalitat Valenciana según el artículo 36.1 de la Ley 29/1994 de 24 Nov, de arrendamientos urbanos

Buenas tardes,

Estoy alquilada en un piso desde Noviembre y para la declaración de la Renta quiero pedir las deducciones por alquiler de Vivienda. Para la deducción autonómica de la Comunidad Valenciana hay uno de los requisitos que no entiendo bien. El de la fianza según el artículo antes señalado en favor de la Generalitat Valenciana.

Este dice: "A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico, en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y dos en el arrendamiento para uso distinto de vivienda"

¿Significa la fianza entregada a la dueña del piso?¿qué es eso de en favor de la Generalitat Valenciana? ¿tiene que ser en metálico? ¿es preciso una mensualidad entera? a mi la dueña me pidió solo 200 € siendo la mensualidad de 645.

 

  • Preguntado por: Nagoley
  • Hace 14 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (3)
Alting ha sido el primero en contestar
Manuel Pregal ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Nagoley

    inquilino/a

    Gracias a los dos, lo tengo un poco más claro, pero me surgen algunas dudas más. Se lo he comentado a la dueña, ella dice que declara todos los años como que alquila el piso y no sabía nada de lo de la fianza en favor de la Generalitat (yo tampoco había oído nada)¿eso es de este año solo?¿cómo es que no la han sancionado si ella lo declara y no ha depositado nunca la fianza?

    entonces, yo  no podría pedir la dedución autonómica pero sí la estatal, no?

    yo tengo el piso alquilado desde Noviembre 2009, si ella depositara el dinero(ahora en 2010), dandole yo los 445 que me faltan, ¿podría deducirme yo esos dos meses en la declaración de este año (renta 2009)?

    supongamos que ella no lo deposita al final y yo solo accedo a las deducciones estatales, tengo entendido que tengo que poner el DNI de la dueña, eso afectaría para que le sancionasen a ella por yo hacer referencia a ella? tampoco quiero lios porque la dueña es maja, pero claro, necesito que me deduzcan algo por el alquiler....

    gracias por anticipado.

     

    • Respondido por: Nagoley
    • Hace 14 años
  • Manuel Pregal

    Manuel Pregal

    profesional

    Hola,

    efectivamente "la fianza" se refiere al dinero entregado al propietario a la firma del contrato (que ha de ser igual a una mensualidad de renta).

    Por Ley, el propietario ha de depositar una copia del contrato y ese mes de fianza en el organismo autonómico competente (en su caso la Generalitat Valenciana).

    La entrega ha de ser en metálico (en dinero), y sí, es preciso (así lo marca la Ley) que sea 1 mes entero.

     

    Si el propietario le ha pedido solamente 200€, entonces deberá completar de su propio bolsillo los 445 restantes para poder depositar el contrato en la Generalitat.

     

    El no hacer estos trámites es responsabilidad exclusiva del propietario, y es sancionable.

    De cara al inquilino, el que estos trámites no estén realizados le pueden impedir acceder a subvenciones y/o ayudas.

     

    Espero haber ayudado.

  • Alting

    profesional

    La ley marca una fianza mínima equivalente a una mensualidad que se ha de ingresar en el organismo previsto para ello en cada Comunidad Autónoma. Si tu alquiler no cumple con los requisitos legales previstos, es posible que entonces no puedas deducírtelo.

    Alting Grupo Inmobiliario | www.alting.com | 93 505 40 40

    • Respondido por: Alting
    • Hace 14 años
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