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Me gustaría saber si para poder deducir en la declaración de la renta es necesario estar censado en la vivienda alquilada.
He respondido dos veces porque la primera pensé que no se había mandado.
No podrás vivir habitualmente en más de un sitio tú, yo puedo perfectamente.
Ya no hablo de que me desgrave, me da igual, ni de dónde penseis que tengo que estar censada. Yo estoy tranquilísima. De hecho me parece más difícil demostrar que vivo en el piso alquilado a mi nombre en que en la otra casa puesto que tanto mi ropa, fotos, enseres personales, libros, desorden y demás están en ambos, y si fuesen hacer una inspección me encontrarían con mayor probabilidad en la casa que no está a mi nombre que en el piso.
Sólo quiero saber como tendría que ponerlo en este caso. Imaginad que vivo en una casa que no está a mi nombre y me he alquilado un piso para ir un par horas al día a estar sola (que no es el caso) o para hacer lo que me plazca en el. Cómo tendría que ponerlo.
Y por cierto estar censada donde mejor me convenga si vivo en ambos sitios no creo que sea constituvo de ningún delito, y no tendría el menor problema en demostrarlo.
Pero vamos a ver, si el problema no es si tengo que censarme o no, estoy empadronada en uno de los sitios donde vivo y punto.
En ambas casas tengo mi ropa, mis fotos y mis enseres personales y si fuesen durante el día a hacer cualquier tipo de inspección me encontrarían en la casa en la que estoy empadronada y no en el piso de alquiler. ¿Que se considera vivir 6 meses? No es eso lo que me interesa.
Lo que quiero saber es cómo tendría que ponerlo, pero si no sabeis/quereis responder ya me buscaré la vida por otros sitios.
Estar censada donde mejor me convenga porque vivo en los dos sitios no creo que sea consitutivo de ningún delito.
Soraya, no se puede vivir "habitualmente" en más de un sitio.
para que sea vivienda habitual tienes que vivir ahí 6 meses 180 días. Ese será el nº de catastro que deberás poner en tu declaración de la renta.
si no se da ese supuesto, no hay derecho a desgravarse ese concepto.
aparte, no olvides que quién tendrá que demostrar las cosas no son "ellos", sino tú.
estar empadronado "donde mejor me convenga" puede ser consitutivo de un delito penal.
Ya se de esa supuesta obligación de estar empadronado donde vives, pero, y si vives en más de un sitio...
en ese caso cómo tendría que poner el piso alquilado si la otra propiedad no está a mi nombre?
Esa obligación la veo un poco relativa porque puedo vivir cada día en un sitio si quiero y estaré censada donde mejor me convenga, o ¿cómo van a demostrar dónde "vivo"realmente?
Como domicilio tienes que poner en el que vives, y tienes que estar censada donde vives, no en cualquier parte. Ya dije antes que es una obligación y cualquier otra cosa puede traer problemas, tanto por la vía civil como por la vía penal.
Una vez tengas claro que tienes que estar empadronada donde vives, tu pregunta deja de tener lógica.
Pero como dimicilio no tendría que poner en el que estoy censada?
Es en Galicia y los ingresos brutos anuales son inferiores a 17 mil, pero bueno, aunque no deduzca no se muy bien como tendría que ponerlo en la declaración, porque aunque resulta lógico lo que indica Pholmo supongo que en domicilio tendré que poner el de empadronamiento.
¿como tendría entonces que poner la vivienda alquilada en la declaración, aunque no deduzca?
Como domicilio si es que efectivamente es su domicilio.
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La vivienda alquilada deduce si cumples los requisitos, si no pones el lugar donde resides alquilada y no te deduce, depende de tus rentas anuales, etc...
No se si pregunto demasiado pero por si alguien lo sabe, ¿como tendría entonces que poner la vivienda alquilada en la declaración, aunque no deduzca?
Si no lo estás es muy probable que te sea denegada la deducción. Aparte, es obligatorio, por ley, estar empadronado donde se reside.
He repetido la pregunta porque me equivoqué de categoría en la primera.
un saludo.