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Buenas,
Quiero irme a vivir a otra ciudad y en principio quiero alquilar una habitación (en un piso compartido), tengo algunas preguntas:
-¿Es estrictamente necesario un contrato "conmigo" para estar de manera legal? ¿Qué riesgos legales tengo que caso de que no me hagan ese contrato o nadie de la casa lo tenga?
-La deducción del 10% del IRPF estatal (y supongo que atonómica), ¿solo se puede hacer con contrato?, o se puede obtener sin contrato si demuestro que he realizado dichos pagos (¿facturas? ¿recibos del banco?). <- Sin dar problemas a nadie quiero decir (compañeros o arrendador).
Muchas gracias,
PD: ¿Sabeis si han quitado la deduccion del 10% en el IRPF de la comunidad autónoma de cataluña?
No es lo mismo un alquiler de habitación que un alquiler compartido.
Le sugiero lea este enlace: http://blog.enalquiler.com/2012/el-alquiler-en-los-tribunales/deudas-de-un-alquiler/
Un contrato verbal es igual de valido que un contrato escrito, el problema de estos contratos es poder demostrar lose paca pacta, por lo tanto es muy pero que muy recomendable.
Siempre que puedas demostrar los pagos,podrás demostrar dicho contrato verbal, pero repito no podrás demostrar lo pactado en este, por lo tanto se rejira estrictamente por la las.
En el caso de que tu declares, y el arrendador no lo haga, te pedirán el contrato de arrendamiento, como no lo hay contrato escrito, tendrás que demostrar los pagos etc...., vamos problemas seguro.
Cinsejo, búscate algo legal y con contrato escrito, que los hay a patadas.
Suerte