Tampoco entiendo la respuesta de Oscar.
Hacienda, en lo que se refiere al comprador de un inmueble, nada va a opinar sobre si ha habido alquileres o entregas a cuenta del precio.
Si estamos hablando del ITPAJD Hacienda nada tiene que ver en ello ya que se trata de un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas, que normalmente exigen que se liquide al valor predeterminado por ellas y el contribuyente, si no está de acuerdo, no le queda otra que impugnar esa valoración, lea este enlace:
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales onerosas (ITPAJD): Impugnación de valoraciones.