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Buenas . Estoy haciendo la declaracion de la renta y me encuentro con un concepto que no termino de entender bien y me gustaria saber si algun otro casero novato como yo se encuentra es situacion parecida .
Dentro del capitulo de gastos deducibles de adquisicion de la vivienda que puedo ver https://www.enalquiler.com/guias/gastos-deducibles-alquiler-vivienda se enumera como gasto fiscalmente deducible ::
Cantidades destinadas a la amortización
Bienes Inmuebles:
El resultado de aplicar el porcentaje del 3% sobre el mayor de los siguientes valores.
a) Coste de adquisición satisfecho,.....
b) Valor catastral, excluido el valor del suelo.
Al no haber vivido es Espana desde hace mucho tiempo este es un concepto que se me escapa . Quiere esto decir que cada año , como casero nos deduciomes un 3% de este valor , ademas de los intereses del prestamo hipotecario ? Si esto es asi ,,, En que casilla del programa padre lo incluirian ??
Gracias por su ayuda
El concepto de amortización es la deduccion que puede hacer el dueño de un inmueble arrendado por el deterioro que sufre como consecuencia de ese uso y se incluye dentro de los gastos deducibles en rendimiento de inmuebles arrendados
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