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Buenas tardes.
Hoy preparando la declaracion me he enterado que cuando alquilas una vivienda dispones de 30 dias para rellenar y entregar el modelo 600 en hacienda y pagar una parte proporcional,,,
No tenia la minima idea,todo 2010 estuve alquilado en la misma vivienda. ¿qué debo hacer ahora para evitar problemas y declararlo? ademas estoy perciviendo la ayuda de 210€ que tambien debo declarar.
Muchas gracias.
El modelo 600 es del ITP y nada o muy poco tiene que ver con la declaración de IRPF en la quesolamente hay que hacer constar los alquileres como rendimientos de capital inmobiliario con las reducciones que procedan, cosa que en nada afecta al inquilino
La RBE se declara como ganancia patrimonial.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
El modelo 600 de itp y ajd al que supongo te refieres no tiene nada que ver con el modelo 100 de irpf.
pedro Martinez
Abogado