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Mis tíos me han puesto su piso a mi nombre pero con usufructo, ahora planteamos alquilarlo. ¿Pueden mis tíos declarar estos ingresos, ya que son los que reciben la renta y no yo?
gracias Pholmo por tu aclaración, entiendo entonces que quien debe figurar en el contrato es el usufructurario y no el propietario??? Hay alguna forma determinada de especificar esto en el contrato o simplemente que el usufructuario figure como parte arrendadora y nada más???
Quien puede alquilar y percibir el alquiler es el usufructuario que además debe incluirlo en su declaración de IRPF
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