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LARA68

LARA68

casero/a

¿Cómo alquilar mi casa los fines de semana, sin incumplir la ley?

tengo una casa en un pueblo de Cuenca en una zona de turismo rural y quiero saber si puedo alquilarla por dias sin incumplir la ley, pues me han dicho que eso tiene que cotizar como actividad económica y pagar como un autónomo y no se cuantas cosas más

  • Preguntado por: LARA68
  • Hace 12 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Pues lo que le dice PHOLMO, ya que el otro que responde en otro sitio, aparte de no tener ninguna referencia sobre él, está totalmente desacertado. 

    El problema de los foros es que puede contestar cualquier persona. PHOLMO es un abogado con experiencia y referencia para sus colegas

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • LARA68

    LARA68

    casero/a

     

    pregunta similar en la red

    Hola tengo otra consulta. Soy persona física, propietario de un piso, que actualmente no es mi vivienda habitual, y quiero ponerlo en régimen de alquiler por días. No ejerzo la actividad económica. Si trabajo por cuenta ajena en una actividad distinta. 

     

    respuesta del especialista:

     

    C) IVA. Si el alquiler lo hace sin servicios de limpieza o cualquier otro servicio parecido, simplemente le da las llaves al arrendatario no tiene que aplicar ningún IVA ni siquiera hacer factura, con el contrato y el recibo de pago basta. No se considera actividad económica sino rendimientos del capital inmobiliario. No tiene que darse de alta de autónomo ni hacer nada, solo el contrato y el recibo. 
    Si el arrendador es una empresa entonces tiene que darse de alta en Hacienda, hacer facturas con el 16% de IVA y pagar este IVA trimestralmente a hacienda con el modelo 303 trimestral y el 390 anual. 

    Ahora no se que hacer pues dice justo lo contrario

     

    • Respondido por: LARA68
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Ese alquiler fiscalmente está sujeto a IVA por lo tanto debe darse de alta en IAE como arrendador para infresar los IVAs trimestrales,tambien debería llevar contabilidad para deducir los IVAs soportados, alta en autónomos (RETA) no le veo necesaria.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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