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El año pasado fui a presentar la declaración por primera vez ya que desconocía que podía desgravarme el alquilery que había un tramo estatal y otro tramo autonómico. Quien me atendió en la oficina de Hacienda donde fui a presentarlo me dijo que podía optar también al tramo autonómico y que únicamente debía empadronarme en Madrid,que la cuantía podía ser de hasta 840€. Viendo que en mi contrato de alquiler demuestra que llevo viviendo en Madrid más de 2 años, asi lo presentamos. Pocos días después estaba empadronado y a final de año cobré ese dinero. Este año he decidido informarme bien de todo y veo que es obligatorio que la fianza esté depositada en el IVIMA. Mi casero me ha dicho que él no lo hizo.
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Para poder desgravartelo te exigirán que esté depositada, tu casero puede ir y depositarla, le podrán una sanción administrativa por hacerlo fuera de plazo.
si vas a abandonar la vivienda, debes avisar con 30 dias de antelación al cumpleaños del contrato de tu intención de no renovar (este aviso/notificación debe ser fehaciente), y firmar el contrato de fin de arrendamiento el dia que abandones la vivienda. El arrendador tendrá trenta dias desde la firma de este contrato para devolverte la fianza, y solo podrá descontar de ella lo reflejado en el contrato de arrendamiento y los suministros consumidos por usted y que estén por pagar.
Ahora bien, voy a abandonar el piso en breve porque me mudo a otra ciudad y me pasan dos cosas: Por un lado parece que si él no deposita la fianza, este año no podré optar a esa devolución; y por otro lado, al enterarme de esto, me da miedo de que ahora puedan acusarme de fraude a mi y/o pedirme la devolución de la cantidad que me pagaron (seguramente con intereses o recargos). La verdad que mi casero hasta ahora siempre ha sido enrollado. ¿Qué puedo hacer?