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El que me pueda ayudar le agradezco....tome una apartamento en arrendamiento, el contrato se firmó por 6 meses y se encuentra autenticado por notaria, apenas llevo viviendo 15 días y el dueño me solicito el apto debido a una calamidad familiar según lo que me expone, el dueño me informe que me da plazo de estar en el apto hasta mediados de febrero y que me devuelve lo del mes de arrendamiento que ya cancele por adelantado.
Que tan legal es esto, estoy en el deber de acceder a su solicitud?
Si fuera yo el que me retirara sin antes cumplir el contrato me tocaría indemnizar, por ser dueño también se debería aplicar lo mismo y me debería indemnizar?.
Por su ayuda, mil gracias
Puede permanecer en la vivienda los 6 meses, y alargarlo a un año como mínimo, cumplido este periodo, el propietario le podrá exigir dicho desalojo para vivir el con el preaviso de 60 dias.
Sin dicho preaviso, puede permanecer hasta 3 años en la vivienda.
Si el casero quiere recuperar la vivienda, exíjale, los gastos de mudanza, y una indemnización por trastornos y molestias, siempre y cuando, no quiera permanecer en la vivienda el año.
No se por que pero me parece que no esta hablando de una situación en España, si asi fuera el propietario no tiene derecho a exigir lo que le esta pidiendo, en todo caso , desde trata de una vivienda deberá esperar al cumplimiento de un año y preavisar esa necesidad con dos meses de antelación
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