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ua10259

inquilino/a

Por ayudar a mi hija le he cedido mi piso (sin contrato), ella lo ha alquilado a un joven IPREM

El joven es < de 30 años, cobra la ayuda de 210 euros, la fianza esta depositada en el ivima, y el contrato lo ha hecho mi hija, ella declara integro las rentas percibidas por el alquiler.

mi pregunta es si hacienda mandara una nota en la que detecta que la ref. Catastral del piso no esta a nombre de ella, como podria justificar ella lo de tener el contrato como arrendadora a su nombre?

1) haciendola como justificacion un contrato de usufructo privado con fecha anterior?

2) con un contrato de comodato por un tiempo por ejemplo de 5 años sin pèrcepcion economica?

de los dos contratos para Hacienda cual sería el de mejor justificación, las rentas estan integramente declaradas.

que problemas me podria plantear a mi como dueño del piso aunque este declarado'?

un saludo

  • Preguntado por: ua10259
  • Hace 12 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (6)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    En el intercambio de opiniones entre Pholmo y Llarena.

    Los demás aprendemos

    :-)

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En que se centra tu curiosidad Amparo?

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Tengo curiosidad por este post.

     

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Me sorprende que el compañero Llarena considere mal consejo un acesión en comodato ya conseje defraudar a la Administración fiscal autonómica mediante una constitución de usufructo, derecho real, en documento privado.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Soy completamente contrario a dar por internet, o de cualquier otra forma, ideas para defraudar a Hacienda, pero en este caso parece evidente la buena fe, dado que su hija ha declarado los ingresos. En segundo lugar hay que remediar el mal consejo de mi colega.

    No puede haber comodato pues este contrato permite usar de la cosa, pero no adquirir los frutos (en este caso la renta del alquiler), tal y como dispone el artículo 1741 del Código Civil, con lo que su hija no tendría derecho a las rentas, que serían de usted como propietaria y tendría que declarar por ellas. Así que comodato excluido.

    Cabe una cesión del usufructo por escrito, aunque tendrían que haber declarado por esta cesión, pero como se trataría de un impuesto de la comunidad autónoma y no del estado, como el IRPF, quizás pueda salir bien.

    www.asistencialegal.net

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si vd tiene la titularidad registral y catastral de ese piso la AEAT es lo mas facil que la llame a comprobación si no declara esos alquileres, un documento de comodato a favor de su hija, junto con el contrato de arrendamiento firmado por ella puede ser la justificación de esa situación anómala, deberá convencer al Fisco.

    Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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