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Tengo una hipoteca de primera vivienda por 500 euros y me veo obligada a alquilarla por 400 euros ya que me voy de alquiler y tendre que pagar 500 euros por este. Puedo seguir desgravando a hacienda como lo hacia antes por esta vivienda o por el nuevo alquiler? Gracias
Conviene matizar esa respuesta.
en primer lugar si no ha permanecido tres años en esa vivienda deberá devolver las deducciones con sus intereses. Si l a alquila podrá deducir los gastos qu le señala Ángel y también acogerse, si procede a la reducción del 60 0 100% dependiendo de la edad del inquilino y si es su vivienda habitual.
si le corresponde podrá acogerse a las deducciones estatal y autonómica por vivir de alquiler.
Pedro Hernández del Olmo, abogado
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Desde el momento que deja de ser vivienda habitual, dejas de desgravarte como tal.
Si vas de alquiler podrás desgravarte como arrendatario.
También tendrás que declarar los ingresos procedentes del alquiler de tu propiedad, pero de esos ingresos te puedes deducir la parte de intereses de la hipoteca, el IBI si lo pagas tu, las tasas de basuras si las pagas tu, el seguro obligatorio de hogar, los gastos de comunidad (si los pagas tu) y además todo lo que tengas que invertir para el alquiler (pintar, electrodeomesticos, reparaciones, cerradira, derramas, servicios que te dejen a deber, etc.) lo normal es que si tienes hipoteca no te grave nada (ojo tampoco te desgrava de las otras rentas del trabajo).