Chema el plantemiento que hace no está contemplado en la ley del IRPF, usted deberá declarar y tributar por los alquileres percibidos, con las reducciones y deducciones que le correspondan y, dependiendo de la Comunidad Autónoma en que resida, podrá deducirse por el alquiler que pague.
Pedro Hernández Olmo, abogado