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Tenemos un contrato de alquiler realizado a través de una inmobiliaria desde enero de 2012. El propietario tenia su piso y lo partió en dos. Hemos visto ciertas irregularidades y en el registro de la propiedad, la división del inmueble está realizada a partir de septiembre de 2012. Por lo que hemos podido averiguar, tampoco han depositado la fianza en Incasol. Podemos desgravarnos el alquiler del año pasado? Es posible que Hacienda nos reclame lo desgravado correspondiente de enero a septiembre, verdad? Es legal realizar un contrato cuando el piso aun no estaba ni registrado? Gracias de antemano.
Deberían exigir a su casero el deposito de la fianza en el incasol con el fin de evitar problemas posteriores.
la inscripción en el Registro de la Propiedad no es obligatoria por lo tanto no afecta en nada a su contrato de arrendamiento.
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