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soy propietario de una vivienda habitual comprada en 2009 y, por lo tanto, con derecho a deducción de las cuotas de préstamo. si alquilo en 2015 la vivienda habitual:
1) Se habla que el propietario o arrendador tiene derecho a una reducción del 60 %. Qué implica esta reducción. 2) tengo derecho a deducirme como gasto las cuotas de préstamo, de comunidad, ibi, basura, seguro de hogar, seguro de alquiler,...? que me puedo deducir de los gastos para minorar los ingresos declarados por el alquiler?
EN RESUMEN. CÓMO PUEDO CALCULAR LO QUE ME SUPONDRIA ALQUILAR MI VIVIENDA EN 2015? ALGUNA APLICACIÓN? SIRVE EL PROGRAMA PADRE 2014 PARA ELLO?
3) según he leído el inquilino tiene derecho a deducción sólo en la parte autonómica (Andalucia), ya que la estatal la ha perdido. ¿Es asi?