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es decir, para ser vivienda habitual te exigen residir al menos 3 años de forma continuada, pero qué pasa una vez transcurridos esos 3 años? si la alquilo, seguré teniendo la desgravacion que vengo teniendo los primeros tres años? porque si me la quitan , entonces no entiendo para qué sirve el requisito de residencia de al menos 3 años. gracias.
No soy una experta en leyes, pero por lógica yo también entiendo que no habrías de devolver lo desgravado más intereses de demora de esos tres años en los que sí ha sido tu vivienda habitual.
Otra cosa es tu pregunta de si seguirás beneficiándote de esa desgravación, y obviamente la respuesta es no, pues ya deja de ser tu vivienda habitual si la alquilas.
De todas formas sí, a ver qué dicen los expertos no sea que nuestra lógica esté equivocada.
gracias Nova, pero tendria que devolver lo que me hubiera desgravado en los tres primeros años más los intereses de demora? yo entiendo que no, porque durante esos años ha sido mi vivienda habitual pero me gustaria que alguien que entendiera de temas fiscales me lo confirmara para saber mejor que decision tomar.