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iwifi

inquilino/a

¿A quién se le entrega la fianza en caso que el piso esté alquilado por agencia? al propietario o a la agencia?

 

El contrato pone pone lo siguiente:    

   el arrendatario abona en este acto a la parte arrendadora la cantidad de cuatro mensualidades  xxxx euros  en concepto de fianza.

         Dicha fianza será devuelta a la parte arrendataria si transcurrida la vigencia del contrato, no existiese concepto legal alguno al que pudiera ser aplicada.

dicha devolución tendrá lugar en el momento en que la parte arrendataria deje libre y a disposición de los propietarios la vivienda, tras agotar el periodo arrendaticio pactado o cualesquiera de sus prórrogas

 

 

muchas gracias por su respuesta,

un saludo,

iwifi

  • Preguntado por: iwifi
  • Hace 13 años
  • Categoría: Agencias y alquiler
Respuestas (9)
Marta26 ha sido el primero en contestar
Inmoboteros ha sido elegida Mejor Respuesta
  • iwifi

    inquilino/a

    @Inmoboteros:

     

    Muchísimas gracias por toda la información :)

    • Respondido por: iwifi
    • Hace 13 años
  • ESPERANZA BARTUAL BR

    casero/a

    la fianza, siempre que el contrato lo hayas firmado a tu nombre, debe de entregarse al propietario y éste es quien tiene que devolvértela, pues la obligación legal de depositar un mes en la cos¡nsellería la tiene el propietario-arrendador y es el arrednador quien deberá solicitar la devolución de la fianza depositada; el resto de meses adicionales, son una fianza adicional, que la ley permite que el arrendador exija y que también deberá ser devuelta al arrendatario a la finalización del contrato a la entrega de llaves a la propiedad,o dentro del plazo de un mes desde la fecha de entrega de llaves a la propiedad. Las jultas en caso de no depositar la fianza en la conselleria se las impondrían al arrendador, porque él es quien tiene la obligación de depositarla.

    y así lo dice en tu contrato "el arrendatario entrega a la parte arrendadora......"

  • Inmoboteros

    Inmoboteros

    profesional

    tambiem puntualizo, las agencias pueden pedir la fianza para reservar la vivienda antes de firmar el contrato, en ese caso exije un recibo de la  cantidad entregada, en el que conste para que se entrega y el destino que tendra dicha entrega, y que pasaria si la propiedad no decide alquilar al final.

     

    la fianza siempre ha de estar en manos del  propietario pues  a fin de cuentas  la vivienda es suya y asi lo estipula  la Lau  , normalmente  las agencias se las entregan , al igual que es competencia exclusiva de la propiedad el devolverla,  las agencias son intermediarios no tienen  ( salvo pacto con la propiedad) la atibuciones para las fianza salvo el de la custodia y entrega asus legitimos poseedores.

     

    tambien hay que tener encuenta que las fianzas  en casi todas las comunidades han de ser depositadas  en los  organismos competentes si la propiedad decide o no hacerlo es su competencia y su falta si asi se lo reclama la hacienda publica.

  • Inmoboteros

    Inmoboteros

    profesional

    Respondiendo a tu pregunta, si la propiedad firma el contrato de alquiler da por recibida la fianza,  normalmente  se alquile o no el piso por agencia  el contrato de alquiler lo debe de firmar la propiedad o un representante  debidamente acreditado para ello.( sea o no la agencia)

     

    mira tu contrato antes de entregar la fianza, si esta fimado por la propiedad ( si la propiedad no esta presente que te  ensenñen el dDNI de la propiedad para acreditar que esa es su firma) esta indicando que la da por recibida , asi que te guardas tu copia del contrato y puedes entregarselo tranquilamente a la agencia puesto que si no se lo entrega a la propiedad sera su problema, tu tienes una carta de pago en el contrato.

     

    si no esta firmado por la propiedad, exige un recibo de entrega de fianza que devolveras a la agencia una vez te entregen el contrato firmardo, pero desaconsejo firmar y entregar nada sin qeue el contrato este firmado por la propiedad o por su representante.

     

     si el contrato esta firmado por orden o por poder, exije que te sea mostrada la autarizacion que faculta al representante a ostentar dicha representacion y que quede plasmado en el contrato dicha autorizacion , ya sea por poder notarial, o  por otro conducto.

     

    Repito es muy desaconsejable firmar o entregar cantidad alguna con un contrato no firmado por ambas partes, por que si la propiedad o su representante deciden no firmar tendrias problemas.

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    el alquiler de una vivienda es un "negocio " entre dos partes , y en todo negocio existe un riesgo.

    en caso de incumplimiento o desacuerdo de alguna de las partes hay que acudir a los tribunales para determinar quien tiene razon.

  • iwifi

    inquilino/a

    @javiersantander:
    y que vas a hacer, si el propietario inventa alguna razon(o ninguna), por cual decide no devolverte el "pequeño deposito" ? es que ya me paso una vez y conozco mas casos... (soy casera particular y tb inquilina: conozco los riesgos de ambas partes)

    • Respondido por: iwifi
    • Hace 13 años
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    ¿No es más riesgo poner en manos de un desconocido un piso a cambio de un "pequeño deposito" (en comparacion con el valor de un piso) ?

    el inquilino siempre tiene la garantia de que el casero es solvente economicamente, en el peor de los casos tiene la propiedad del piso para responder ante el inquilino

     

  • iwifi

    inquilino/a

    no es mucho riesgo dejar pasar el dinero a las manos del propietario? no deberia ser la agencia quien se ocupa de la garantia?

    • Respondido por: iwifi
    • Hace 13 años
  • Marta26

    casero/a

    Cuando intermedia una agencia se le suele dar la fianza a la agencia que es la que luego se lo da al propietario

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 13 años
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