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Me ha dicho la de la agencia que el contrato esta pasado por la dga y que si no pagamos la fianza puedo tener una multa, es cierto?
No te entiendo.
Pero en la página de la dga dice (sobre el depósito de la fianza):
"Se realiza dentro del plazo de un mes desde la celebración del contrato de arrendamiento, se acompañará copia del contrato. "
Puedes comprobarlo en esta página:
http://portal.aragon.es/portal/page/portal/VIVIENDA/OTRAS/FIANZAS
el caso es que me a dicho que tenemos hasta el dia 1 y hoy me dice que hasta el dia 2
Según la LEY de arrendamientos urbanos:
Artículo 36. Fianza
1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda. ...
El arrendador tiene que tomar tu fianza e ingresarla en el organismo competente en vivienda de vuestra Comunidad Autónoma.
Si no lo hace y le pillan, cosa probable, tendrá que pagar intereses de demora y una sanción.
Saludos - Papeleos Alquiler