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Barbie89

inquilino/a

Tengo una pregunta sobre el contrato de alquiler del piso.

Me ha dicho la de la agencia que el contrato esta pasado por la dga y que si no pagamos la fianza puedo tener una multa, es cierto?

  • Preguntado por: Barbie89
  • Hace 14 años
  • Categoría: Agencias y alquiler
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No te entiendo.

    Pero en la página de la dga dice (sobre el depósito de la fianza):

    "Se realiza dentro del plazo de un mes desde la celebración del contrato de arrendamiento, se acompañará copia del contrato. "

     

    Puedes comprobarlo en esta página:

    http://portal.aragon.es/portal/page/portal/VIVIENDA/OTRAS/FIANZAS

  • Barbie89

    inquilino/a

    el caso es que me a dicho que tenemos hasta el dia 1 y hoy me dice que hasta el dia 2

    • Respondido por: Barbie89
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Según la LEY de arrendamientos urbanos:

     Artículo 36Fianza

    1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda. ...

     

    El arrendador tiene que tomar tu fianza e ingresarla en el organismo competente en vivienda de vuestra Comunidad Autónoma.

    Si no lo hace y le pillan, cosa probable, tendrá que pagar intereses de demora y una sanción.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

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