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toni11l

inquilino/a

¿Tengo que pagar a la inmobiliaria por enseñarme un bajo?
Hola, mi caso es el siguiente. Una inmobiliaria me enseña un bajo, donde ella no tiene la exclusividad porque la tiene otra inmobiliaria, pero como conocía a la dueña, se pone en contacto con ella y me lo enseña.

Yo decido quedármelo, lo que pasa es que la dueña ve abusivo lo que le quiere cobrar la inmobiliaria y le dice que no quiere saber nada y me llama a mí directamente para arreglarlo entre nosotros.

La inmobiliaria me llama diciendome que yo le tengo que pagar.

Eso es asi.
1º Esa inmo se salta la exclusividad de la otra
2º Yo no decido que no se haga por ella es la dueña.

Gracias y un saludo
  • Preguntado por: toni11l
  • Hace 15 años
  • Categoría: Agencias y alquiler
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • toni11l

    inquilino/a

    A mi esa inmobiliaria no me hizo firmar absolutamente nada. Ni hoja de que vi el local ni condiciones etc... Todo fue la dueña que se puso en contacto conmigo porque la inmobiliaria le quería cobrar mucho y me dijo que lo íbamos a hacer por nuestra cuenta.

    La inmobiliaria sólo me enseñé el bajo durante 5 minutos y no firmé nada.
    • Respondido por: toni11l
    • Hace 15 años
  • Armando Perea

    Armando Perea

    profesional

    Tendría que ver los documentos firmados en este caso; lo 1º ver ese contrato de exclusividad con la otra agencia y sus términos (es extraño en los momentos que corren firmar exclusivas con una agencia y más en un alquiler). Lo que tiene que quedar claro es que la inmobiliaria no cobra por enseñar un determinado inmueble, su derecho al cobro de la comisión nace desde que su intermediación logra que las 2 partes se pongan de acuerdo en precio y cosa. Además lo que sí se suele firmar son hojas de visita en las que se especifican que te enseñan el inmueble x con precio tal y tal y con las siguientes condiciones, en este documento también te informan del derecho a comisión x en caso de perfeccionar el negocio de venta o arrendamiento.

    Lo fundamental en estos casos es que si fruto de esa mediación ha nacido el negocio jurídico de arrendamiento, existe un derecho del mediador a percibir la comisión pactada. La jurisprudencia es constante en afirmar que en cualquier caso no se debe, por parte de aquel que ha efectuado el encargo al mediador inmobiliario, aprovechar las gestiones llevadas a cabo por éste y concluir finalmente el contrato deseado de forma personal, con el ánimo de no pagar cantidad alguna al mediador.
  • toni11l

    inquilino/a

    Ya, pero yo he trabajado con maás inmobiliarias buscando piso y nunca me han pedido nada.

    Además, es la dueña la que decide romper con la inmobiliaria.

    Yo no tengo absolutamente nada firmado con ellos.
    • Respondido por: toni11l
    • Hace 15 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Hablando con objetividad, la realidad es que le han prestado un servicio y por tanto debe pagarlo, el cuánto es lo que deberá discutir.

    Pedro Hernández del Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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