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martingeminis69

inquilino/a

Otra vez con dudas, es la 1º vez que alquilo: ¿cómo debería rellenar el burofax y a quién lo mando al propietario o agencia?

y si alquilé por tener el horno pero éste no funciona al igual que el termo de gas y viendo más detallada la casa los muebles tienen desperfectos, pues el corcho de matrimonio se nota desgastado, al igual que el somier, ¿habría alguna opción de que me fueran quitando los muebles y yo comprarme los mios y llevármelos ya que los que están, alguno dentro de varios meses no servirán? gracias

  • Preguntado por: martingeminis69
  • Hace 15 años
  • Categoría: Agencias y alquiler
Respuestas (7)
manuel josé ha sido el primero en contestar
inquilino_ y_propieta ha sido elegida Mejor Respuesta
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Aclaración, un burofax es una notificación que tu haces. No un permiso del casero.

     

    Antes de mandar ningún burofax (que es muy extricto y crea un poco de "mal rollo"), ¿por qué no pruebas a hablar primero con el casero?

     

    Una vez que el te autorice, que ponga esa autorización por escrito (esto es lo que se llama anexo). Pero, como ves, no hace falta ningún burofax. Como se te ha dicho antes, lo mejor es hablar directamente con el casero. Y por muchos burofax que mandes eso no te da derecho a tirar muebles o hacer lo que quieras...

  • manuel josé

    casero/a

    Perdón, no concreté. Si  haceis el Anexo, firmado por AMBOS ( Arrendador y Arrendatario ).

    Saludos,

  • manuel josé

    casero/a

    Si no lo hace por burofax  que quede constancia en un anexo del contrato  figurando los muebles del inventario devueltos al arrendador para que a final contrato  no se lo reclamen.

    Saludos,

  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Pues la única manera de que sepas si hay opción o no de que se lleven o puedas tirar los muebles (sin que te reclamen luego que dejes unos de iguales caracterísitcas) es que se lo preguntes al casero...

     

    Aqui te podemos decir lo que dice la ley. A lo que tienes derecho y cuáles son tus obligaciones. Cosas muy estrictas. Pero ya para otras cosas debes hablar y negociar con tu casero. Y te digo negociar, porque si te pone alguna pega, pues deberás tu ofrecerle algo a cambio para compensar...

     

    Como ves esto es muy personal y no podemos adivinar lo que tu casero te va a decir. Habla con el y olvidate de burofaxes hasta entonces..x

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Martingeminis69

     

    Disculpa a Manuel José , pero en mi página no existe ningún modelo para detallar desperfectos en la vivienda recibida.

     

    Es que se trata simplemente de un escrito dirigido al arrendador en el que se detallan todos los desperfectos detectados en el piso, y se le requiere para que los repare en un plazo determinado.

     

    Independientemene de que el propietario los repare o no, al menos así queda constancia de que eran pre-existentes y no podrá achacártelos a ti el día que te vayas.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • manuel josé

    casero/a

    Te adj. (modelo AMPARO.-)

     

    http://sites.google.es/site/papeleosalquiler(modelo AMPARO)

    Saludos,

  • manuel josé

    casero/a

    El burofax  se hace en correos con acuse de recibo  y se dirige  a quien figura en el contrato, normalmente el  arrendador o propietario. En burofax puede comunicar que le retiren los muebles detallándolos uno a uno como lo figuran en el inventario. Si no aceptara, debe guardarlos para su devolución al arrendador al final del contrato. Figure TODO.

    Normalmente un contrato se hace por un año que se renueva automáticamente (sin hacer nada)(Art. 9.1 ) hasta los 5 años en que Arrendador puede rescindir contrato de igual modo que el Arrendatario. Se hace inventario (fotos firmadas por ambas partes de muebles y habitaciones ). Al hacer el contrato el arrendatario firma que recibe el piso junto con mobiliario,electrodomésticos,pintura paredes,....etc en debidas condiciones ( C.Civil 1562 ). Si no fuera así ( C.Civil 1559) el arrendatario por burofax con acuse de recibo comunica los desperfectos, averias, consumos anteriores (si los hay o lectura contadores ),faltas de muebles,para que no se lo deduzcan de la FIANZA al final del contrato.

    El Arrendatario puede comunicar la rescisión ( ART. 9.1 L.A.U. )30 dias como mínimo ( o   más )de antelación a la finalización de cada anualidad o prórroga haciéndolo por burofax con acuse de recibo ( ni teléfono ni e-mail,...).


    Saludos,

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