Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Montgomery

inquilino/a

¿La inmobiliaria tiene la obligación legal de comprobar que el piso arrendado tiene la cédula de habitabilidad?

Hace una semana me cortaron la luz por una rencilla o malentendido entre la anterior inquilina y la dueña, que motivó que la anterior inquilina decidiera darse de baja del servicio.Todavía no se restablecido el suministro, debido a que el piso no tenía la cédula de habitabilidad vigente. Puede ser que tengamos que esperar hasta cuatro semanas más. 


Quería saber:


¿Tiene alguna responsabilidad la inmobiliaria (Expofincas), dado que no comprobaron que el piso que ofrecían tenía la cédula? Me cuesta creer que no haya incurrido en una grave negligencia.


¿O acaso, como pretende darme a entender un servicio legal, todo se reduce a la responsabilidad de la dueña del piso?


Muchas gracias.

  • Preguntado por: Montgomery
  • Hace 12 años
  • Categoría: Agencias y alquiler
Respuestas (3)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
BUFETPRIETO SLP ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Efectivamente la agencias inmobiliarias solemente suelen actuar demeros intermediarios, sin asumir siquiera responsabilidad por el inmueble que intermedian.

    En su caso cabe aplicar la teoría general según la cual en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar  obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • BUFETPRIETO SLP

    BUFETPRIETO SLP

    profesional

    Buenos días:

    Al no figurar una regulación expresa sobre las obligaciones de la agcia intermediaria, en principio es de suponer que la misma negará cualquier responsabilidad u obligación al respecto. No obstante ello, considero que es muy posible que judicialmente se consiguiera resolución en la cual se considere a la entidad responsable por una negligencia en la prestación de su servicio, aunque no está claro y dependerá de la interpretación y de los documentos que obren en su poder.

    En cualquier caso lo que si resulta evidente es la responsabilidad de la propiedad.

    BufetPrieto SL (jprieto@bufetprieto.com)

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,

    Dado que lo que está claro es que no es tu responsabilidad, lo que debes hacer es pedir una compensación económica, acorde con el tiempo que estés sin luz.

    suerte

    oscar

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas