La inmobiliaria tenía un encargo, que consistía precisamente en realizar las gestiones, publicidad, visitas, etc. necesarias para encontrar una persona interesada en la vivienda. Dicho encargo comporta un precio, que es el pactado entre quien lo encarga (el propietario, o el inquilino, según quien se dirija a la misma), y que normalmente es el equivalente a una mensualidad.
Por tanto como cumplio su encargo, al ponerlos en contacto, puede reclamar el importe de sus honorarios.
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