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Una empresa hace publidad de pisos sin que tengan cédula ni inspección de primera ocupación.
además, te informan de que se puede entrar a vivir sin tener esta inspección, lo cual no es verdad.
a una semana de hacer el traslado, les dio por comprabor, a petición nuestra, que todo estuviese en regla y fue entonces cuando nos informaron que el piso no tenía cédula.
nos quedamos:
-sin piso nuevo
-con problemas con nuestro actual propietario ya que le habíamos dicho que dejábamos el piso
-con una mudanza ya pagada
-sin vacaciones.
hay alguna manera de sancionar tan poca profesionalidad?
gracias!
Si como parece de la descripción de hechos se ha producido un incumplimiento de contrato por parte del arrendador ese incumplimiento está sujeto a indemnización d edaños y perjuicios. Sugiero leer esto: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2011/07/el-incumplimiento-del-arrendador.html
Pues no. No puedes. Porque entiendo que no habias pagado nada aun. Asi que. Mala suerte, compañero!
para la proxima, ya sabes en lo que te tienes que fijar.