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Sang

inquilino/a

¿Está la inmobiliaria obligada a devolverme la señal si no estoy de acuerdo con las cláusulas del contrato?
Pagué una señal de un mes a la agencia por la reserva de un piso. Todavía no he firmado nada y no he visto el contrato de alquiler. ¿Me tienen que devolver la señal si estoy en desacuerdo con el contrato (IBI a mi cargo por ejemplo)? El proprietario nos pide también un aval e impone un modelo suyo. Llamé a mi banco y no parecen dispuesto a utilizar el suyo ...
  • Preguntado por: Sang
  • Hace 15 años
  • Categoría: Agencias y alquiler
Respuestas (11)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
cmartinez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Raquelilla

    inquilino/a

    Yo di una paga y señal antes de ver el contrato.

    Una vez ví este ... en el que decía, por ejemplo, que única y exclusivamente podía utilizar mi piso y no las zonas comunes (y explícitamente indicaba que no podía usar el ascensor) pero sí tenía que pagar los gastos de este... me negué firmar, la immobiliaria no quería cambiar el contrato ni devolverme el dinero.

    Una vez hablado el tema con un abogado les indiqué que iba a denunciarlos y corrieron a devolverme el dinero.

    Mírate la Ley de Arrendamientos Urbanos. Si el contrato cumple lo que dice la ley, no tienen por qué devolvértelo, pero si no la cumple ... Puedes denunciarlos.
  • Cesar Fdez

    profesional

    Buenas tardes, como todos los contratos interpartes, deben o debieran ser pactados de antemano, en este caso entre la inmobiliaria y el cliente, en este caso tú mismo, pero para poder contestarte de forma más correcta debemos saber más del contenido del contrato, si de un sólo inmueble o de más, las condiciones. etc.

    Un saludo.
  • Cesar Fdez

    profesional

    Buenas tardes, como todos aquellos servicios son fruto del pacto interpartes, por tanto depende de las condiciones que has firmado con la inmobiliaria, si es sobre ese mismo inmueble, o es sobre otros en general.

    Es difícil poder responder acertadamente con tan pocos datos.

    Un saludo
  • BONCASA

    profesional

    Tengo una inmobiliaria, si hiciste un documento de reserva con una entrega de una señal, deberían venir todas las condiciones pactadas entre Inmobiliaria y Propietario, antes se debe haber pactado unas condiciones entre ambos también por escrito. El problema viene cuando se pactan las condiciones de "Boca", ya que muchos propietarios se niegan a firmar ningún documento, el mayor problema para el sector es cuando entonces la inmobiliaria no se niega a aceptar la gestión sin un pacto escrito, donde se enumeran las condiciones y los requisitos, sigue faltando transparencia en el sector, debido principalmente a exigencias de los propietarios, y debido a que las inmobiliarias trabajan a cualquier precio, somos profesionales y como toda profesión se tiene que documentar.
    • Respondido por: BONCASA
    • Hace 15 años
  • José M. Mendoza

    profesional

    Una reserva implica el bloque de otros interesados y como consecuencia se espera concluir el negocio con usted. Si una vez presentado el borrador como bien usted expone las cláusulas le parecen no admisibles y dado que esto no le fue informado con anterioridad la agencia debe resolver devolviéndole su dinero.
  • cmartinez

    profesional

    En Cataluña se ha aprobado una ley que establece que cuando se da una paga y señal se tiene que especificar las concidiones y los gastos que hay pendientes para proteger los derechos del consumidor.
  • thierry

    profesional

    Es muy importante que en el contrato de reserva aparezcan todos los elementos principales del contrato: precio, gastos, fechas, tipo de contrato (vivienda habitual o temporal), garaje si hay etc. Si has firmado un documento donde aparece el precio, y que no dice nada referente al IBI, no tienes por que pagarlo, es un error de la inmobiliaria. En el caso del aval, si te lo ha pedido antes que hayas hecho la reserva, el error es tuyo. Sino, igual, error de la inmobiliaria. Pero espero que has firmado algun documento antes de entregar el dinero...
    • Respondido por: thierry
    • Hace 15 años
  • Daniela Gonzalez

    casero/a

    Bueno, no has firmado nada todavía. Pregunta: Si no has firmado nada y no has visto el contrato de alquiler., ¿cómo sabes que tienes que pagar el IBI?

    Si el propietario impone que el modelo de aval tiene que ser el suyo y el banco no lo acepta, entonces éste sería un motivo para rechazar la firma del contrato y puesto que no es tu culpa, la agencia inmobiliaria te tendría que devolver la señal.

    Habla con la agencia y exponle que tú quieres alquilar la vivienda, pero el propietario es el que "parece" que no quiere alquilártela, puesto que no deja que tu banco haga el aval con el modelo que tienen y que por lo tanto, al no ser tú, el que incumples, te tienen de devolver la señal. Hablando con buenas palabras y dejando las cosas claras se resuelven mejor los problemas.
  • Daniel Gutierrez

    profesional

    Hola, en las inmobiliarias (intermediarios) te piden normalmente una señal no muy elevada (1%) para reservar inicialmente el piso y mostrar al vendedor un compromiso del comprador para negociar la compraventa.

    Pero no tiene el concepto de contrato de arras, opción de compra, ni es un precontrato. En definitiva sólo obliga a la inmobiliaria a devolverlo en caso de no prosperar este primer contacto promovido por la inmobiliaria.
  • usuario eliminado

    Cuidado porque eso es hasta un buen negocio, primero das la señal y despues te exigen cosas que no puedes realizar, nunca des ningún tipo de señal económica si no has firmado antes un contrato que lo explique todo bien y otra cosa, no te precipites a nada porque acabas perdiendo dinero, lee bien el contrato si es que se firmó algo cuando diste la señal.
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 15 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Depende de las condiciones en las que se entregó esa señal, si en el documento en que conste aparecen unas condiciones que ahora no se cumplen no solo le deben devolver lo entregado sino el doble en concepto de incumplimiento.

    En mi blog pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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