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Rafael

casero/a

CONTRATO DE ALQUILER
Tengo un piso de alquiler, se me fueron los inquilinos y
antes de entrar los nuevos inquilinos tuve que renovar algo de
mobiliario, en concreto los colchones y Frigorífico, las facturas tienen
 fecha 21/3/18 y 31/3/18, el contrato de alquiler tiene fecha 28/03/2018
 pero en la clausulas ponen que entran el 01/04/2018 al 01/04/2019
(aunque yo les di las llaves el mismo día de la firma, para que ya el
día 01 de Abril, ya estuvieran instalados) Mi pregunta es las facturas
con fecha 21/03/18 y 31/03/18 se pueden meter en la declaración de la
renta del año 2018, ya que el contrato tiene fecha posterior, se
entiende que debo de arreglarlo antes de que entraran los nuevos
inquilinos. Otra consulta, el piso estuvo cerrado del 01 al 28 de
Marzo 2018, mientras lo arregle como descuento ese tiempo tanto de
rentas percibidas como de otras facturas de mobiliario, como hay que
especificarlo y si me pueden decir en que casilla seria.
        

  • Preguntado por: Rafael
  • Hace 5 años
  • Categoría: Agencias y alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional



                         Todos esos gastos son deducibles, bien
    directamente o bien a través de amortización, si solamente estuvo 28
    días sin alquilar, puede defender que es el tiempo que tardó en
    prepararlo para el nuevo inquilino. Pedro Hernández Olmo, abogado
                    

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 5 años
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