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Que puedo hacer, puedo rescindir el contrato y que se me devuelva la fianza, todos ellos estan conectados luz y agua comunidad, me siento estafado y ademas no es el sitio que para vivir quiero.
La notificacion para desisitir del contrato,conformidad con el art. 11 de la lau, deberá hacerse al propietario /arrendador en el domicilio que a esos efectos conste en el contrato.
pedro Martínez
Abogado
vicente: en principio no puede rescindir el contrato por el simple hecho de que haya ocupas, porque Ud. no firma el contrato con esos ocupas, sino con otra persona. Además el hecho de que haya ocupas no implica necesariamente que le esten molestando.
Lo mejor que puede hacer es irse a los 6 meses del inicio del contrato, pero tenga cuidado de preavisar al API con al menos un mes de antelación (o sea antes del 5º mes).