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Antonio Bastián

inquilino/a

¿Puede quedarse el arrendador con la fianza o parte de ella simplemente por haber pintado las paredes en otro color?
Se trata de un piso de alquiler protegido y la inmobiliaria que lo gestiona dice que no se podría pintar o que se correría con los gastos gracias a la fianza. Gracias.
  • Preguntado por: Antonio Bastián
  • Hace 15 años
  • Categoría: Reformas
Respuestas (31)
fabelo_81 ha sido el primero en contestar
manuel josé ha sido elegida Mejor Respuesta
  • jessica190783

    inquilino/a

    creo que eso es ilegal de hecho no hay ninguna ley que te impida mejorar o pintar el piso aunque no te de permiso para hacerlo pero sí que hay unas cuantas que te obligan a mantener el piso en condiciones y a devolverlo en las mismas condiciones si te lo encontraste pintado da igual el color lo que no puedes es devolvérselo con la pintura en mal estado.

  • Ramon Ruiz

    casero/a

    manuel josé,

    ¡Enhorabuena!
    Desde que te leo, es la primera vez que veo una auténtica respuesta tuya, clara y bien expuesta.

    Me hago la ilusión de haber contribuido un poco, a sacar de ti lo que desde el principio sabía que tenías. Gracias.

    ¡Un abrazo!

    Ramón Ruiz.
  • manuel josé

    casero/a

    Cuando se habla de obras ejecutadas sin permiso del arrendador, el arrendador puede exigir la reposición al estado en que estaba al iniciar el contrato. Pienso que debiera aplicarse también a la pintura. Saludos,
  • Javier Martorell

    inquilino/a

    Revisa el contrato. Si explicita "que no se podían hacer modificaciones sin autorización del arrendador", no podías cambiar la pintura y te podrían descontar los gastos ocasionados para restituirla al color original.
  • usuario eliminado

    Tiene razón lucero. Eso para nada es una obra que modifica ni crea inestabilidad en el inmueble, es sencillamente es mantenimiento.
    Puede que el casero vea en su pintura de paredes algo tan perfecto que lo compare con una obra de arte y por eso su confusión.
    Artículo 23.1 de la LAU

    Digo si no hay pacto que diga que usted no puede cambiar la pintura, fumigar o regar ambientador.

    Le hizo un favor pues eso corrió con sus gastos que de seguro usted no le está reclamando.
    saludos.
    http://asesorialegal-amyos.blogspot.com/
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 15 años
  • lucero

    casero/a

    Yo creo que la fianza cubre los desperfectos ocasionados por la mala utiización de muebles, tabiques etc,
    con la fianza pagas el cristal que se rompió, la cisterna que te cargaste, etc, pero me parece que pintar es mejorar, siempre la máxima higiene, porfa. por parte del que sale y del que entra. me parece que este propietario va de listillo.
    tampoco pasa nada por comentarlo antes de hacerlo. besos y suerte.
    • Respondido por: lucero
    • Hace 15 años
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    SrPica,

    Que te molesta que no te paguen, no es ninguna originalidad. Que no te molesta que te cambien las paredes de color (tampoco a mí me molesta), sí que viene a colación, aunque nadie te lo había preguntado.

    Pero, lo que aquí se plantea no es si a ti o a mí nos molesta que nos alteren los colores de nuestros pisos. Lo que se plantea es si el inquilino tiene derecho, sin conocimiento ni consentimiento del propietario, a recibir el piso de un color y devolverlo de otro, a su elección.

    Porque, si acaso eso fuera así (cosa que yo niego), o bien hay una relación exhaustiva de colores permitidos y prohibidos, así como de partes del inmueble que se pueden alterar y partes que no, o se podría pintar de fosforito el ladrillo visto de la fachada.

    Tú dices (y yo coincido) que recibir unas paredes en color crema y devolverlas en gris claro, no tiene ninguna importancia. Pero ¿quién establece la línea de hasta dónde se puede llegar? O ¿fijamos el criterio de, cada vez qque se presente un caso, llamar al SrPica para que nos lo aclare?

    Porque parece evidente que el "sentido común", lo que menos tiene es de "común". A ti te puede parecer bien una opción y a mí la contraria. No podemos dejar la norma al albur del sentido común: habrá que definirla.

    Lo más operativo, en mi opinión, es decir de forma general, que el inquilino ha de devolver el piso en las condiciones que lo recibió y, en cada caso, que sea el propio casero el que, a la vista de la modificación hecha por el inquilino sin su consentimiento, decida si la acepta o no.

    Tú dices: "si quieres tener tu casita tal cual, no la alquiles"
    Yo te contesto: "si quieres hacer en tu casita los cambios que quieras (dentro de los que la ley te consiente), cómprate tu propia casa"

    En mi opinión, ambos consejos son sendas impertinencias.

    Encantado del intercambio de opiniones. Saludos.

    Ramón Ruiz.
  • SrPica

    casero/a

    Oh si claro, venga, comparemos el alquiler de una habitación de hotel con el de una vivienda ordinaria, es exactamente lo mismo, oiga.
    Me repito porque se ve que no se me lee bien, el color de las paredes no forma parte ni de la estructura ni del mobiliario del piso, que es a lo que se refiere con componentes. Y como ya han dicho varias personas, a no ser que el contrato especifique lo contrario, pintarlo es posible y lo más normal del mundo. Y si quieres tener tu casita tal cual, no la alquiles, que esto es un negocio, no un club privado de casas museo.

    A mí lo que me fastidia es que no me paguen o me ocasionen desperfectos graves en la casa, no que pinten las paredes de malva.
    • Respondido por: SrPica
    • Hace 15 años
  • PERLA ELIZABETH PALA

    inquilino/a

    En ningún caso debería más bien pagarme por modernizar, actualizar colores y mano de obra, que pintar sale caro!
  • fabelo_81

    casero/a

    Y si te quedas en un hotel a vivir un mes tienes derecho a redecorar la habitación? lo digo porque la semana que viene me voy de vacaciones y adoro el negro tizón...
    En hecho de que vayas a vivir en ese piso no te da derecho a pintarlo a tu gusto. Se supone que no se pueden hacer modificaciones ni en la estructura ni en los componentes del inmueble sin autorización del propietario.
    Y creo que pintar las paredes es una modificación...
  • usuario eliminado

    No nonono... eso no es así..
    Cómo puede ascender la pintura de las paredes al total de la fianza depositada en garantía...
    Calcule el gasto en pintura, mano de obra incluida y no creo iguale el valor de la fianza. Digo, como andan los precios hoy. tal vez y se pase....

    lea este material sobre la fianza en mi blog
    http://asesorialegal-amyos.blogspot.com/2009/10/sobre-el-pago-de-la-fianza-en.html

    saludos.
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 15 años
  • Ladelquinto

    inquilino/a

    La pregunta es ¿en tu contrato de alquiler se desautoriza expresamente la modificación de cualquiera de los elementos de la vivienda? En mi caso, sí. Acabo de mudarme hace poco y en mi contrato se prohíbe expresamente cambiar el color de las paredes de la vivienda, con lo cual si yo lo cambiara al abandonar el piso no tendrían porqué devolverme la fianza.
    Hay que ser consecuente con lo que firmamos en un contrato.
  • SrPica

    casero/a

    Pues digo yo que si en mi perfil pone casero será por algo, de todos modos dudar de lo que yo soy no creo que tenga que ver con el tema más allá de intentar desacreditarme para intentar así desautorizar mi opinión.
    Pintar una pared del interior de la casa no viola las normas de la comunidad ni influye en el conjunto arquitectónico del edificio, tampoco es comparable a realizar obras de reforma dentro de la vivienda, cosa que obviamente siempre ha de ser bajo supervisión y autorización expresa del casero, por tanto no me compares que te pinten una pared blanca de amarillo canario con que te tiren un pilar o te pinten la fachada con lo que sea, es una argumentación muy lastimosa usar falacias del hombre de paja, pretendiendo que yo afirmo que el inquilino puede pintar de fucsia la fachada, cuando en ningún momento he dicho tal cosa y es una exageración comparar una capa de pintura en las paredes con el derribo de un pilar. A ver si tenemos un poquito de por favor xD que lo que yo estoy notando es que aquí hay demasiados caseros de la virgen de puño y algo vagonetas xD
    • Respondido por: SrPica
    • Hace 15 años
  • Luxas

    inquilino/a

    Hola a todos.
    El monto de la fianza no es o se lo queda todo o nada, sino que es para cubrir gastos por desperfectos que haya ocasionado el inquilino. Por ejemplo si se rompió la cerradura por un portazo, se quemaron las lámparas, o se rompió la manija de un cajón, el propietario puede hacer uso de la fianza para cubrir esas reparaciones pero debe constar en el contrato de rescisión acompañado de las copias de las facturas. Por otro lado puedes optar tú por reparar esos desperfectos. En el caso de la pintura, sería lo mismo que una mancha en la pared, por lo tanto si el propietario entregó el piso con las paredes blancas y ahora están azules para dejarlas blancas habría que pintarlas y ese gasto lo puede tomar de la fianza igual gastos de limpieza si fueren necesarios. Por último siempre es bueno tener un diálogo claro con el casero y llegar a acuerdos, la fianza no es para tomar ventajas ni de una parte ni de otra, ni el se puede quedar con el total solo porque tengas un desperfecto. Yo te aconsejaría hablarlo con él si prefiere que la pintes tú o hacerce cargo él pero siempre con facturas. Saludos y espero que llegues a un acuerdo y lo comentes por aquí.
    • Respondido por: Luxas
    • Hace 15 años
  • Desyreé

    inquilino/a

    En todo caso: No, si él consintió que se pintara y no dijo o avisó expresamente del color (si se debía mantener el mismo o a gusto del consumidor.
    • Respondido por: Desyreé
    • Hace 15 años
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