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Llevo 2 años y medio y ahora me entero que no tengo cédula de habitabilidad, ¿puedo reclamar a la inmobiliaria o a la propietaria?
Es competencia de cada comunidad autónoma la exigencia o no de cédula de habitabilidad para según qué cosas.
Los Ayuntamientos también pueden tener normativas propias al respecto.
En Cataluña, por ejemplo, está regulada en el Decreto 55/2009 de 7 de Abril. es obligatoria y caduca a los 15 años.
¿para qué sirve la cédula de habitabilidad? Yo creo que la respuesta es evidente. Una casa sin cédula de habitabilidad es básicamente, una caja de zapatos. No se le puede exigir al dueño que cumpla la normativa sobre habitabilidad porque esas normas no regulan cajas de zapatos.
¿Bajo qué ley le vamos a exigir a quien nos ha alquilado una casa de aperos que resuelva el aislamiento de las paredes? Y si hemos alquilado un garaje, ¿en virtud de qué norma vamos a exigir unas condiciones de ventilación mínima, que garantice que no vamos a tener condensaciones?
La legislación permite que espacios no habitables puedan ser convertidos en viviendas. Lo que sucede es que esta transformación implica obras y un proyecto técnico, y eso cuesta dinero. Pero la cédula de habitabilidad, o la de primera ocupación, es la única garantía de que un espacio es habitable, y cumple la normativa.
Pedro si cogen almacenes, naves, etc y los montan como viviendas, el problema respecto a la cédula lo tendrá el que lo monta, porque el inquilino debe encontrarse una vivienda con los suministros puestos. Según la LAU te deben entregar la vivienda habitable y sin los suministros no lo es.
Yo creo que merece la pena distinguir entre una vivienda que no ha renovado la cédula (algo que supongo habitual, yo hasta ayer desconocía que había que renovarla) y un inmueble que nunca ha sido vivienda y, por tanto, nunca ha tenido cédula de habitabilidad.
Entiendo que si alguien se compra (o alquila) un quinto izquierda, en el que hasta el momento vivía gente, no debería tener ningún problema, porque eso obviamente es una vivienda, aunque no se haya renovado la cédula, y como mucho tendrá que hacer frente al trámite de renovarla.
El problema se da en el otro supuesto, cuando se trata de inmuebles que no son viviendas; como ya he dicho, aquí en el Pais Vasco es muy habitual que se traten de colocar como viviendas bajos comerciales adaptados, "lofts" que eran almacenes o naves industriales y demás chanchullos. Y ahí si que se tiene un problema serio, porque los municipios dicen (con razón) que ahí no se puede vivir, con lo que no conceden la cédula de habitabilidad. Y los problemas para el que vive ahí son muchos.
Si no me equivoco, la inmobiliaria no puede alquilar una vivienda sin cédula.
La cédula marca que la vivienda que alquilas es habitable. Si no la tiene es porque no ha pasado la revisión o porque los dueños no han querido pagar.
A mi me paso, me alquilaron una casa sin cédula y resulat que cuando los dueños construyeron la casa en el terreno, pidieron permiso de obras para un garaje, y realmente esa casa era inhabitable (humedades, insectos, etc...)
Cuando nos quejamos a los dueños y a la inmobiliaria, desaparecieron todos. Cerraron la inmobiliaria y los dueños se fueron a Andalucia (estoy en Barcelona). Por lo visto no era la rpimera vez que lo hacian y tenian mas viviendas iguales.
Espero que te sirva de algo.
En Madrid tampoco hace falta más que en las viviendas de obra nueva para contratar suministros. NUNCA MAS
Ni para el padrón ni para la renta ni para el catastro.
Yo me sorprendo mucho cuando veo la importancia que algunas personas la dan en este foro.
A mi me ha pasado como a Mari Lolis, he comprado y vendido varias veces pisos, y si no eran de obra nueva, la cédula esa ni se menciona.
Saludos - Papeleos Alquiler
pedroDiaz no tema a polemizar, creo que la polémica con respeto y educación es muy importante, porque cada punto de vista da nueva luz al tema.
Ahora leo que es usted del pais vasco, yo soy de Catalunya, ya ahí tenemos 2 comunidades autónomas que tienen leyes propias.
Yo hablo de como funciona en Catalunya y también he especificado que son viviendas que ya tiene los suministros. Porque aquí sin la cédula no hay suministros y más vale que renueven la cédula porque como alguien de los suministros de baja, no se los volverán a tramitar hasta que no vuelvan a hacer la cédula.
Así que me reafirmo en lo de que para empadronarse no hace falta, porque a mi jamás me lo han pedido (repito que ya tenían los suministros) en ningún lugar de Catalunya.
Es más cuando vendí la casa de mis padres, ni el comprador ni el notario ni nadie la pidió...y debía de estar más que caducada porque la casa tenía 50 años, pero todos los suministros dados de alta.
Cuando vendí mi piso exactamente lo mismo, de hecho ni la pedí cuando lo compré ni me la pidieron cuando lo vendí. Nunca sabré como estaba la cédula de ese piso.
A ver si tienes suerte, pero eso dependerá de la normativa específica de las cédudas, pues cada comunidad tiene una nor mativa especifica. Los arquitectos técnicos son los que pueden decir si cumple las condiciones o no, y el coste de la cédula no es muy caro, puede salir por 80 o 100 euros, también depende de donde sea.
La casa me la alquilaron a 750€ y como vivienda, ahora me he enterado que esta como apero, cuando han venido a mirarme la instalacion pensando que pasaba algo.Cuando se lo cometo a la ropitaria a empezado a mover papeles para cambiarlo.Cuando le que era ilegal alquilar una casa asi.
caduca a los 15 años, o eso tengo entendido.
gracias a todos
Legalmente las cédulas se han de presentar cada vez que se alquila o vende una vivienda. Y vencen según la comunidad.
Pero el tema central de la discusión es que si uno alquila una casa de apero, seguramente porque es un local para la labranza, el precio no será tan alto como una vivienda, pero eso sí queremos que tenga los mismos derechos que una vivienda.
Mari Lolis, al menos en mi comunidad (Pais Vasco), si un inmueble no ha tenido cédula de primera ocupación, en catastro no figura esa referencia catastral como vivienda, con lo que no se puede vivir ahí ni, consecuentemente, pedir desgravaciones por hacerlo. La cedula no te la piden, pero comprueban el uso que tiene establecido el inmueble en catastro, y si no es el de residencial (vivienda), te rechazan la desgravación. Es un tema que conozco de primera mano porque me ofrecieron en inmobiliaria (esas inmobiliarias...) varios "loft" sin cédula y fui a Catastro a informarme de las consecuencias que tenía vivir ahí. Aqui es un asunto de relativa importancia, porque con los precios de locura que tienen los pisos, muchos listos están convirtiendo todo tipo de bajos y locales comerciales en viviendas e intentando colocarlos en alquiler o venta como casas normales, pero los municipios no conceden las cédulas, con lo que después hay un montón de problemas.
Para empadronarse es lo mismo, uno solo se puede empadronar en una vivienda, no en cualquier inmueble; aunque aquí, como la competencia es municipal y a los municipios les interesa ampliar el padron, pues en la practica el tema es un coladero.
Lo digo sin ánimo de polemizar, soy relativamente nuevo aquí, y las opiniones de Mari Lolis me merecen mucho respeto, he aprendido mucho de ella; pero en este caso discrepo.
Por cierto, desconocía que las cédulas de habitabilidad caducaban, no le veo mucho sentido, pero los senderos de la administración son inescrutables.
cédula para empadronarse ¿dónde piden eso?
para la renta? tampoco...para la renta hace falta el catastro pero no la cédula.
por cierto las cedulas caducan cada, creo que son 5 años ¿todos la renováis?
la cédula sólo es imprescindible para dar de alta los servicios y el movimiento de viviendas suele ser con los servicios puestos...vuelvo a preguntar ¿para qué quiere el inquilino la cédula?
La casa tiene contratada los suministros como casa de apero, asi que cuando intento poner la vitro y tengo la luz, pues salta los plomos baja la potencia, y no te cuento lo que sube las facturas de precio por gastar mas, bueno mas no, como una vivienda normal, pero mas que de apero.
Y el problema que las facturas le llegan a la propietaria porque tine otra casa de apero al ladoy un solo contador, y pago mas del 75% de lafctura yo y el resto ella, pero claro, yo no se realmente cuanto gasto y y cuanto ella, prque dice que no viene casi, pero la veo todos los dias, y los vecinos me cuentan que se ducha que cocina y que tiene TV y nevera, asi que teng un problma bien gordo, al fin buscare otra casa para no teer problemas, gacias por contestar y asesorarme
Mari Lolis, si que importa; por ejemplo, para acceder a desgravaciones fiscales por alquiler de vivienda. También importa para empadronarse, y para otras muchas cosas.
De hecho, supongo que será ilegal hacer un contrato de vivienda habitual en un inmueble sin cédula de habitabilidad; ya que, la cédula de habitabilidad se otorga precisamente para permitir que ese inmueble pueda ser vivienda. Se podrá alquilar como local comercial u otras modalidades, pero no como vivienda.
Puede reclamar si le supone algún perjuicio. En principio sin cédula de primera ocupación (o de habitabilidad) no se pueden contratar los suministros; si fuera así en su caso podría reclamar por los perjuicios sufridos o resolver el contrato.