Hola Enterao, muchas gracias por el enlace. He encontrado la sentencia original que puedes ver aquí:
Sentencia Tribunal Supremo (Sala de lo Civil) de 12 de enero 2007.
Esa sentencia hace referencia a un contrato de renta antigua que sigue rigiéndose por la LAU de 1964 en aspectos como este del IBI. Para los contratos que no son de renta antigua y se rigen por la LAU de 1994, se aplica lo que hemos dicho con anterioridad: el casero puede pedirle al inquilino que pague el IBI y para que eso sea legal y exigible debe hacerlo constar en el contrato de arrendamiento y especificar a cuánto asciende el pago de ese impuesto, tal como especifica la LAU de 1994 en su artículo 20.1 y que ya he transcrito en otra de mis respuestas.